REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MATURÍN

En horas del día de hoy, 26 de Junio de 2012, siendo las 10:30 a.m. se trasladó y constituyó este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía de la ciudadana Yanet Parra, C.I N° 14.620.115, asistida por el abogado Rafael Narváez Tenias, IPSA N° 4.726, en un inmueble distinguido como parcela N° 12, asentamiento campesino Plantaciones Municipio Maturín del Estado Monagas. El tribunal se hizo acompañar por una comisión policial a cargo del oficial agregado Beltran Lisboa, C.I. N° 11.449.151.Constituidos en dicho se hizo presente una persona que se identifico como Héctor Coromoto Rodríguez ,C.I N° 11.449.151, a quien se le notifico de la misión del tribunal. Acto seguido la parte ejecutante expone: “ Señalo para ser embargado ejecutivamente los siguientes bienes: 1) una casa con paredes de bloques frizadas, techo de zinc, con vigas de hierro, piso de cemento pulido, tiene dos habitaciones, un baño, sala y cocina, puertas y ventanas con rejas y esta ubicada en el sitio donde se encuentra constituido el tribunal; tiene un tanque para agua de material plástico color azul, tiene un corral para ganado, con tubos de hierro pintados en amarillo, tiene un tendido eléctrico y un transformador. 2) doce (12) vigas de hierro sin soldar y diez (10) vigas de hierro con soldaduras. 3) Una desmalezadota marca: Como Power, modelo: D-20. 4) Dos rollos de telametalica tipo gallinero. 5) Un freezer de tres puertas con su motor incorporado marca: Embrago, serial N° 51.3200.165. 6) Una bienhechurias tipo construcción en ejecución constituidos por ocho tubos y hierro. Las bienhechurias ates señaladas se encuentran protocolizado por ante la oficina subalterna de registro público del distrito Maturín del Estado Monagas ( ahora segundo circuito) anotado en el Protocolo 1, tomo 12, 3° trimestre año 1989, documento N° 47. “Es todo. El tribunal visto lo anterior Declara Embargados Ejecutivamente los bienes antes descritos y designa parito avaluador al ciudadano Ezequiel Calzadilla, C.I N° 2.334.942, quien acepto el cargo, prestó el juramento de Ley y expone. “ Los bienes embargados ejecutivamente reencuentran en regular estado y con bastante uso, con un valor aproximado de doscientos Mil bolívares ( Bs. 200.000,00)”. Es todo. Seguidamente a solicitud del ejecutante y el notificado, se dejan bajo la guarda y custodia del ciudadano Héctor Rodríguez, ya identificado, quien aceptó el cargo, prestó el juramento de Ley y expone. “Recibo los bienes conforme”. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a su sede siendo la 2:00 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.
La Jueza
La Secretaria El notificado
El Ejecutante.
Abg. Asistente.
Comisión Policial
Perito Avaluador Asistente