ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000059
PARTE ACTORA: MARIA SAIRA ANGARITA BARRIOS
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Maria Carroz
PARTE DEMANDADA: MARQUETERIA CASA SAN MIGUEL, SRL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Yexenia Ruiz y Marcelo Marín
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,7 de Junio de 2012, siendo las 2:41 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos MARIA SAIRA ANGARITA BARRIOS y MARQUETERIA CASA SAN MIGUEL, SRL en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de veinticinco mil Bolívares fuertes (Bs.F. 25.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados a la ciudadana extrabajadora el día viernes 8 de Junio de 2012 a las 9:00 a.m. Por ante el tribunal. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
El Secretario
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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