Comisión No.3846/2012

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
202º y 153º


En el día de hoy, MIERCOLES ONCE (11) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE (2012), siendo las NUEVE horas de la MAÑANA (09:00 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para la ejecución de la Medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION, sigue el ciudadano EUDO URDANETA, venezolano, mayor de edad, portador de la Cedula de Identidad N° 5.055.943, en contra de la ciudadana MAPITHA MADUEÑO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cedula de Identidad N° 10.436.352, llevado en el expediente 3000 (Nomenclatura del referido Tribunal de la Causa); se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por el apoderado judicial actor ejecutante, específicamente en la sede donde funciona el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ubicado geográficamente en la Avenida 2, El Milagro, Edificio Torre Mara, planta alta en Jurisdicción de la Parroquia Santa Lucia, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL, a la ciudadana MARIA ROSA ARRIETA FINOL, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. 7.803.767, quién manifestó ser SECRETARIA del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a quien se le impuso del contenido de la presente ejecución.- Seguidamente presente los abogados en ejercicio RICHARD PORTILLO y JESUS PORTILLO, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 114.738 y 84.337, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano EUDO URDANETA, expusieron: Solicitamos a este Tribunal Ejecutor, proceda a practicar la medida de Embargo Preventivo sobre las cantidades de dinero, que tiene la ciudadana MAPHITA MADUEÑO, portadora de la Cedula de Identidad N° 10.436.352, la cual guarda relación con el Exp. 9067, llevado por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, cuya causa versa sobre Ejecución de Hipoteca, seguido por el ciudadano EUDO URDANETA, en contra de la mencionada ciudadana, todo hasta cubrir la cantidad de CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS(Bs 49.796,78,), suma esta decretada a embargar por el Tribunal de la Causa y la cual consta en actas, y una vez cumplida la misma se sirva remitir la presente acta con sus correspondientes resultas al Tribunal de la Causa.- En este estado, este Juzgado pasa a requerir de la Notificada (Secretaria del Tribunal), información sobre lo señalado por la parte actora y en tal sentido, la Notificada, antes identificada, expuso: En efecto, sí cursa por ante este Tribunal, el expediente signado con el N° 9067, en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA, tiene incoado el ciudadano EUDO URDANETA, en contra de la ciudadana MAPITHA MADUEÑO, antes identificada, el referido expediente, se recibió por distribución, en fecha 11 de octubre del 2005. De lo expuesto, deja expresa constancia este Tribunal Ejecutor, que tuvo a la vista el cuerpo físico del expediente en cuestión.- En este estado este Tribunal deja expresa constancia que actualmente se encuentra disponible la cantidad de veintidós mil cuatrocientos setenta y un bolívares con cuarenta y dos céntimos (Bs 22.471,42), la cual se encuentra depositada en la cuenta de ahorro 0175-0060-18-0060265658, en la entidad bancaria Banco Bicentenario, a la orden del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Es todo. En este estado presente los apoderados judiciales actores ejecutantes plenamente identificados expusieron: En vista que la cantidad a embargarse no cubre el monto total ordenado a embargar por el Tribunal de la Causa, es por lo que solicitamos a este Tribunal Ejecutor se sirva reservar el presente exhorto en los archivos de ese Juzgado, hasta tanto medie nueva solicitud de fijación de día y hora para nuevo traslado. Es todo. En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE EN ESTE ACTO, LA CANTIDAD DE VEINTIDOS MIL CUATROSCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs 22.471,42), LA CUAL SE ENCUENTRA DEPOSITADA EN LA CUENTA DE AHORRO 0175-0060-18-0060265658, EN LA ENTIDAD BANCARIA BANCO BICENTENARIO, A LA ORDEN DEL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Y QUE TIENE LA CIUDADANA MAPITHA MADUEÑO, PORTADORA DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 10.436.352, DERIVADOS DEL JUICIO QUE POR EJECUCION DE HIPOTECA, SE LLEVA EN EL EXPEDIENTE N° 9067, NOMENCLATURA DEL REFERIDO TRIBUNAL, DONDE LA MENCIONADA CIUDADANA FUNGE COMO PARTE DEMANDADA, DEJANDOSE EN ESTE ACTO, CONSUMADA LA DESPOSESION JURIDICA DE LA EJECUTADA. TODO ELLO DE CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO DEL ARTICULO 593, SEGUNDO APARTE, DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL (CPC).- SEGUNDO: SE LE HACE SABER A LA NOTIFICADA (SECRETARIA DEL TRIBUNAL), QUE LA CANTIDAD A RETENER, PARA EL MOMENTO EN QUE SE CAUSE, DERIVADA DEL CONCEPTO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE ACTO ES DECIR LA CANTIDAD DE VEINTIDOS MIL CUATROSCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs 22.471,42) DEBERAN SER REMITIDA EN LA FIGURA DE CHEQUE A NOMBRE Y A LA ORDEN DEL JUZGADO DE LA CAUSA, ES DECIR AL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, A LOS FINES DE SU CORRESPONDIENTE DEPOSITO JUDICIAL.- TERCERO: PARCIALMENTE CUMPLIDO COMO HA SIDO EL PRESENTE EXHORTO Y TAL COMO FUERE SOLICITADO POR LOS APODERADOS JUDICIALES ACTORES EJECUTANTES, SE ORDENA LA RESERVA DE LA MISMA EN LOS ARCHIVOS DE ESTE JUZGADO, HASTA TANTO MEDIE NUEVA SOLICITUD DE FIJACION DE DIA Y HORA PARA NUEVO TRASLADO.- Siendo las DIEZ (10:00 a.m.), terminó el acto. Es todo, se leyó y conformes firman.---------------------------------------------------------

EL JUEZ,

ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.



LA NOTIFICADA (SECRETARIA DEL TRIBUNAL),



LOS APODERADOS JUDICIALES ACTORES EJECUTANTES,




LA SECRETARIA,
ABOG. MSc. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ.