El día de hoy, Dos (02) de Julio¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ del año Dos Mil Doce (2012), siendo las 1:30 de laTarde se traslado este órgano ejecutor de medidas en el día y hora fijados para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo preventiva decretada en el Juicio de ALIMENTOS seguido por WENDY KAROLINA MEDINA PIÑA, titular de la cedula de identidad N°V-20.216.850 en contra del ciudadano YOVANIEL ANTONIO HUERTA PRIETO, Titular de la cedula de identidad N° V-19.121.854 por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, y para lo cual fue Comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la apoderado(a) judicial de la parte demandante Abogado(a) en ejercicio: CAROLINA PAZ, Titular de la cedula de identidad N° V-7.842.413 e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 46576 se constituyó, siendo las 2:30 minutos de la Tarde este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la empresa TRANSFORMADORES ELECTRICOS, C.A (TECA)ubicada en: La carretera “N” Zona industrial Galpón Teca al lado del periódico el regional municipio Lagunillas del estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano(a):ARILEDE ARAUJO BRICEÑO, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad numero: V-17.647.796.- En su carácter de: COODINADORA DE RECURSOS HUMANOS de la empresa TRANSFORMADORES ELECTRICOS, C.A (TECA)- En este estado presente la(el) apoderada(o) judicial de la parte actora antes identificada expuso: Señalo al tribunal para que sea embargada preventivamente PRIMERO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO INTEGRAL, que percibe el demandado.-Dichas cantidades de dinero deberán ser entregadas directamente por ante las oficinas de la empresa a la demandante WENDY KAROLINA MEDINA PIÑA,, antes identificada.- Así como sobre EL TREINTA POR CIENTO (30%) DE LAS UTILIDADES Y BONO VACACIONAL que le pueda corresponder al ciudadano demandado de autos para el presente año 2012 .-Las cantidades de dinero embargadas deben ser remitidas en cheque de gerencia a la orden del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas.-