REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
Despacho de Medida Nº 5224
En el día de hoy veinticinco (25) de Julio del dos mil doce (2.012), siendo las diez y diez minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa HOMACA, ubicada en ciudad Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de ALIMENTOS seguido por MARIBEL JOSEFINA RIVERO LEON, titular de la cédula de identidad N° V- 13.048.886, en contra del ciudadano NELSON RAFAEL CHIRINOS, titular de la cédula de identidad N° V-11.251.468. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la Empresa HOMACA, procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a)Pedro Miguel Reyna Aranaga, titular de la cédula de identidad Nº 10.598.622 en su condición de Superintendente de relaciones laborales. En este estado presente la abogada en ejercicio ROSSANA ANDREWS, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 33.750, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, expone: Solicito al tribunal se sirva ejecutar medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa, sobre los conceptos mencionados en el despacho de medida. Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: El TREINTA POR CIENTO (30%) del SUELDO O SALARIO INTEGRAL, que le pueda corresponder al demandado ciudadano NELSON RAFAEL CHIRINOS, antes identificado; SEGUNDO: El TREINTA POR CIENTO (30%) de las UTILIDADES y LIQUIDAS del presente año 2012, que le pueda corresponder al ciudadano NELSON RAFAEL CHIRINOS, antes identificado como trabajador al servicio de la Empresa HOMACA.. Se le informa al notificado que una vez retenidas las cantidades referidas en el numeral 1, deberán ser entregadas mensual y directamente a la demandante ciudadana MARIBEL JOSEFINA RIVERO LEON, antes identificada, y las cantidades retenidas en el numeral 2, deberán ser remitidas en cheque de gerencia a la orden del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, al Expediente Nº 36.824 del mencionado juzgado. Siendo las diez y treinta minutos de la mañana se da por terminado el presente acto. Terminó se leyó y conformes firman. Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno se le entrega al notificado y el otro se agrega al despacho de medida.
ABOG. MARIAELVIRA C. REINA HERNANDEZ
LA JUEZ
EL o LA NOTIFICADO(A)
LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
ABOG. LILIANA DUQUE REYES
SECRETARIA