REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, nueve de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: OP02-J-2012-001198
Vistas las anteriores actuaciones, y por cuanto fuí designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 09/03/2012, como Jueza Temporal del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, me aboco al conocimiento de la presente causa en mi condición de Jueza Temporal del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Vista igualmente la subsanación presentada por la ciudadana Berenice Benítez González, en su carácter de solicitante, asistida por el Abogado Diógenes Carreño, Defensor Publico tercero de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Nueva Esparta, visto igualmente el contenido de la solicitud de Autorización Judicial (Administración de Bienes) presentada por la mencionada ciudadana, es por lo que esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana Berenice Benítez González, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.707.090, debidamente asistida por el Abogado Diógenes Carreño, Defensor Publico tercero de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Nueva Esparta, en beneficio de sus hijos (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA)z. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Berenice Benítez González antes identificada, para que en nombre y representación de sus hijos (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), acudan ante la Alcaldía del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta o cualquier otro organismo, público o privado, y/o entidad bancaria, para gestionar el cobro de la cuota parte correspondiente a los mencionados sujetos de protección en las acreencias y beneficios en las que resulten acreedores con ocasión al fallecimiento de su padre, ciudadano William Enrique Isturiz Fernández, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.049.173, por concepto de, Seguro Social, Política Habitacional, Pensión de Sobreviviente, Monte Pio, Seguro de Vida, Fideicomiso y cualquier otro. TERCERO: Las cantidades que por tales conceptos sean entregadas a la referida ciudadana, deberán emitirse en cheque de gerencia a su nombre, para ser depositadas en cuenta aperturada a tal efecto por orden de este Tribunal, debiendo la misma consignarlo ante la sede de este Tribunal, a dichos fines. Así mismo se le indica a la solicitante que una vez se haga la debida autorización puede la solicitante acudir ante los órganos competentes para solicitar dichos beneficios sin necesidad que este Tribunal, libre oficio alguno. Certifíquese copias de las presentes actuaciones y entréguese a la solicitante. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA,
La Secretaria,
Abg. Yvette Moy Pavan
Abg. Marli Beatriz Luna
MBL/arjr1.-
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