ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.011-1528

PARTE ACTORA: Ciudadano OVAN HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 15.289.089.
APODERADOS JUDICIALES: Abogados JUAN ITRIAGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.722.

PARTE DEMANDADO: REYANTMAR, C.A.-

APODERADO JUDICIAL: Abogados ELIZABETH ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.260.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día de hoy 20 de julio de 2012, siendo fijada la prolongación de la audiencia preliminar, a la misma comparecieron el ciudadano OVAN HERNANDEZ, asistido del abogado JUAN ITRIAGO, apoderado judicial del accionante, también compareció la abogada ELIZABETH ORTEGA, carácter de apoderado judicial de la demandada. En virtud de la acción incoada por prestaciones sociales y otros conceptos laborales, el accionante en su escrito libelar manifiestan que le cancelen la cantidad de Bs. 11.972, 46. Por otra parte demandada expone: A los fines de concluir con el presente juicio, ofrece a la parte accionante la cantidad de Bs. 1.000,00, pagadero para el día de hoy mediante dinero en efectivo de curso legal en el país. Con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado durante la relación laboral, no quedando ningún otro concepto prestaciones sociales. En este estado la demandante manifiesta de su viva voz y dice que acepta la propuesta realizada por la parte demandada y recibe en sus manos la cantidad de Bs. 1.000,00.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.

LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO