Comisión: 05853
JENNIFER LILIBETH BERROTERAN PEREIRO/ MARITZA DEL VALLE VELASQUEZ TRINITARIO.
En horas de Despacho del día de hoy 3 de Julio de 2.012, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la abogada en ejercicio LUZMAIRA MATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.928, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante JENNIFER LILIBETH BERROTERAN PEREIRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.012.011, con motivo del Juicio de INTERDICTO RESTITUTORIO, incoado contra MARITZA DEL VALLE VELASQUEZ TRINITARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.915.763, a los fines de practicar la Medida de Secuestro sobre un inmueble ubicado en la Torre B, signado con el Nº 4-B, Edificio Residencias Paraíso, Avenida Libertador, de esta Ciudad de Maturìn del Estado Monagas, decretada por el Tribunal comitente. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. El Tribunal hace constar que se traslado a practicar la presente medida de secuestro sobre un inmueble destinado a Vivienda, en virtud que la parte ejecutante mediante diligencia de fecha 17 de Mayo de 2.012 informo al Tribunal que el inmueble se encuentra desocupado y la mencionada diligencia riela en el folio (5) de las actas que conforman la presente comisión. Asimismo el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por el representante de la Depositaría Judicial Monagas ciudadano ROBER VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.363.873, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley respectivo. Y siendo las 9:50 a.m., se constituyó el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. La medida fue cumplida y el bien fue entregado al representante de la Depositaria Judicial Monagas Rober Villarroel, quien lo recibe y jura cuidarlo como buen padre de familia. Es todo.
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