ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-003056
PARTE ACTORA: ALBERTO JOSE QUERALES CHIRINOS
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: WOLFGAN RODRIGUEZ G.
PARTE DEMANDADA: AUTOMOTRIZ KIA, S.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Alberto Bracho.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,30 de Julio de 2012, siendo las 12:02 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ALBERTO JOSE QUERALES CHIRINOS y AUTOMOTRIZ KIA, S.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de setenta y seis mil Bolívares fuertes (Bs.F. 76.000,00) para sastifacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador por ante el tribunal al as 10:00 a.m. el día jueves 2 de Agosto de 2012. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.

El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes