ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000790
PARTE ACTORA: SARA MERCEDES PINO NIGRINIS
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: MAYLIN DUARTE
PARTE DEMANDADA: VINICIO TERAN
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Luís Figueroa
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy,16 de Julio de 2012, siendo las 2:08 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos SARA MERCEDES PINO NIGRINIS y VINICIO TERAN en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de seis mil Bolívares fuertes (Bs.F. 6.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados a la ciudadana a extrabajadora por ante el tribunal a las 11:00 a.m. de la siguiente Manera: para el día martes 31 de Julio de 2012 la cantidad de mil Bolívares fuertes (Bs.F. 1.000,00) para el día viernes 31 de Agosto de 2012 la cantidad de mil Bolívares fuertes (Bs.F. 1.000,00) para el día viernes 29 de Septiembre de 2012 la cantidad de mil Bolívares fuertes (Bs.F. 1.000,00) para el día miércoles 31 de Octubre de 2012, y para el día 30 de Noviembre de 2012 la cantidad de dos mil Bolívares fuertes (bs.F. 2.000,00) para completar lo ofrecido y aceptado. En este estado la apoderada actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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