REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS
Cabimas, 18 de julio de 2012.
202° y 153°


Asunto: VP21-L-2012-000314.

Parte Actora: MANUEL ANTONIO GRIMAN URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 1.935.886 domiciliado en el Municipio Autónomo Simón Bolívar del Estado Zulia.

Abogado Asistente de
La Parte Actora: MANUEL HENRIQUE GRIMAN RONDON, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 40.830.


Parte Demandada: INVERSIONES MARACAIBO, CA, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales
de la Parte Demandada: FERNANDO ARCENIO ROJAS ESCORCIA y EGLI MACHADO, abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 31.210 y 26.080, respectivamente .



Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.



En el día hábil de hoy, diecinueve (19) de julio de dos mil doce (2.012), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada por medio de sus apoderados judiciales FERNANDO ARCENIO ROJAS ESCORCIA y EGLI MACHADO, como se observa de documento poder presentado en esta audiencia en original y copia, luego de confrontados se devuelve el original y se agrega a las actas las copias presentadas, de igual forma se deja expresa constancia
de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a dicha audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.


Abg. LEONARDO BAUZA ACOSTA
JUEZ 4TO SME.



Abg. YOMAIRA MATOS
SECRETARIA

LBA/YM.