JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, nueve (09) de febrero de 2.012.-
201º y 152°
Vista la diligencia de fecha ocho (08) del mes y año en curso, suscrita por la abogada en ejercicio MARIA JOSÉ JARAMILLO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 138.353, actuando con el carácter de apoderada judicial del BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, SUSPENDE LA MEDIDA DE SECUESTRO decretada por este Juzgado en fecha veintitrés (23) de julio de 2.009 sobre el vehículo identificado como: MARCA: CHEVROLET; MODELO TIPO: LUV; AÑO: 2007; COLOR: PLATA; SERIAL DE CARROCERIA: 8LBETF1M0700001127; SERIAL DE MOTOR: 6VE1-254504; PESO: 2.900 Kg.; PLACA: 34RDAW; USO: CARGA; CAPACIDAD: 1120 Kg.; dicho vehículo le corresponde a la ciudadana CARMEN LUISA RODRÍGUEZ DE URDANETA, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad nro. V.- 7.778.255, según documento emanado de la Notaria Pública Segunda de Mérida, en fecha veintinueve (29) de noviembre de 2.007, anotado bajo el Nro. 4325; en tal sentido se ordena oficiar al BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL, en la persona de la Secuestratario Judicial del vehículo, ciudadano RODRIGO EGUI STOLK, a los fines de participarle de la suspensión de la medida.- Ofíciese.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LA SECRETARIA,
ABG. CARLOS MÁRQUEZ CAMACHO.-
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-

En la misma fecha se ofició bajo el No. – 2.012, signada la resolución bajo el No. .-
LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-










CMC/mc*.-
Exp. Nro. 12.624.-