EXP4504-12- Sent-040-12
JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, dos (02) de febrero de 2012
201° y 152°
Recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia la anterior Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, conjuntamente con sus anexos, constantes de veintitrés (23) folios útiles. En virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18-03-09, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02-04-09, es competente este órgano jurisdiccional para la tramitación procesal de este asunto. Désele entrada, fórmese expediente y numérese. Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la mencionada solicitud presentada por el ciudadano FERNANDO DAVID FERNANDEZ VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-12.406.111, con domicilio en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, asistido en ese acto por el abogado en ejercicio JUAN NAZARET CHIRINOS AMAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 155.370, y solicita se le declaren las anteriores diligencias, titulo suficiente que le acrediten a él, y a su padre FERNANDO ANTONIO FERNANDEZ MORAN, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 4.537.988, y a sus hermanos LISBETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS, BETZABETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS y LILIBETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos. 12.406.107, 14.280.518 y 14.134.562, respectivamente, ut supra, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su difunta cónyuge y padre respectivamente, de YADIREN BERTRUDES VILLALOBOS VIUDA DE FERNANDEZ, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.803.157, con domicilio en el Municipio San Francisco del estado Zulia, fallecida ab-intestato el día veintitrés (23) de noviembre del año 2011, tal como se evidencia de la acta de defunción No.131, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Francisco Ochoa del municipio San Francisco del estado Zulia, que corre inserta al folio 06 de la presente solicitud, en copia debidamente certificada. Ahora bien, los solicitantes además acompañaron los siguientes recaudos: copia certificada del acta de Matrimonio de la difunta YADIREN BERTRUDES VILLALOBOS y de FERNANDO ANTONIO FERNANDEZ MORAN, signada bajo el No 558, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Francisco Ochoa del municipio San Francisco del estado Zulia, inserta a los folios 04 y 05 de este expediente; acta de nacimiento certificada de los ciudadanos FERNANDO ANTONIO FERNANDEZ MORAN, LISBETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS, BETZABETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS y LILIBETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS, signadas bajo los Nos. 5288, 3418, 246, 1317, inserta a los folios 07, 09, 11 y 136; copias fotostáticas de los solicitantes y justificativo de testigos, evacuado por ante la Notaría Novena de Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 26 de enero de 2012, que corre inserta desde el folio 19 hasta el folio 22 ambos inclusive, donde los ciudadanos ALEXIS ANTONIO CHIRINOS y CARLOS DAVID NAVA VILCHEZ, plenamente identificados en dicho instrumento, quienes están contestes y conformes con el interrogatorio al cual fueron sometidos; y en vista de lo expuesto en la solicitud y de los documentos ya identificados, es por lo que se constata la filiación que existe entre la solicitante, con su extinto cónyuge y padre y por considerar que la documentación es suficiente para otorgar lo solicitado, es por lo que esta Juzgadora le da pleno valor probatorio a los mismos. En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus YADIREN BERTRUDES VILLLALOBOS VIUDAD DE FERNANDEZ, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.803.157, con domicilio en la parroquia Francisco Ochoa del municipio San Francisco del estado Zulia, fallecida ab-intestato el día veintitrés (23) de noviembre de 2011, en jurisdicción de la parroquia Francisco Ochoa del municipio San Francisco del estado Zulia, a su esposo ciudadano FERNANDO ANTONIO FERNANDEZ MORAN y a sus hijos ciudadanos FERNANDO ANTONIO FERNANDEZ MORAN, LISBETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS, BETZABETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS y LILIBETH BEATRIZ FERNANDEZ VILLALOBOS, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, dejándose previamente certificadas en las actas todas y cada una de las actuaciones. Asimismo se expidieron por secretaría cuatro (4) juegos de copias certificadas de la presente solicitud. ASÍ SE DECLARA.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los dos (02) días del febrero del año dos mil doce (2012). 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
Abg. ALEJANDRINA ECHEVERRIA CORONA
JUEZA TEMPORAL
EL SECRETARIO,
Abg. FERNSNDO ESTRADA ROMERO
En la misma fecha, siendo las nueve y treinta y dos minutos de la mañana (9.32 a.m), se dicto y publicó bajo el No. 040-12.
EL SECRETARIO,
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