Comisión 	No. 3734/2012.-  
 
 
 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
En su nombre:
 
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
 
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA 
 
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
 
 
201º y 152º
 
 
 
En el día de hoy, LUNES TRECE (13) DE FEBRERO  DEL AÑO DOS MIL DOCE (2012), siendo las NUEVE  horas de la  mañana (09:00 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la ejecución de la  Medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente  de la  Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 02, en el Juicio que por OBLIGACION  DE MANUTENCION, sigue la ciudadana OLIS CHIQUINQUIRA PEREZ NAVARRO, portadora de la Cédula de Identidad No. V.- 15.260.183, en contra del ciudadano LUIS REIMER LUZARDO JIMENEZ, portador de la Cédula de Identidad V.- 9.744.232, a favor de la niña AMANDA VALENTINA  LUZARDO PEREZ, llevado en el expediente No. 20.594, nomenclatura del referido Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona la Entidad Bancaria BANCO EXTERIOR (Agencia 085 Maracaibo), ubicado geográficamente en la calle 72 con avenida 8, Santa Rita,  en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA  DEL TRIBUNAL, a la ciudadana ANA PAULINA FARIA ROMERO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. V.-8.506.553, quién manifestó ser Gerente de dicha Entidad Bancaria (BANCO EXTERIOR).- Seguidamente, este Juzgado procede dejar constancia de la presencia en este acto,  del apoderado judicial actor ejecutante abogado en ejercicio MELQUIADES PELEY, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.885, quien expuso: Señalo a este Juzgado Ejecutor de Medidas, tal y como viene debidamente especificado en el contenido del Despacho Comisorio, para ser Embargado preventivamente, el cincuenta (50%) de la suma de dinero que se encuentra depositada en la Cuenta de Ahorro N° 1150088994002288802, en el Banco Exterior, cuyo titular es el ciudadano LUIS REIMER LUZARDO JIMENEZ, por lo que a tal efecto, solicito al Tribunal Ejecutor, proceda a requerir dicha información a la Gerente notificada. Es todo.- A continuación,  este Juzgado pasa a requerir de la Notificada (Gerente de la Entidad Bancaria BANCO EXTERIOR), la información relativa a la existencia, titularidad y saldo disponible de las cuentas que posea el demandado de autos, ciudadano LUIS REIMER LUZARDO JIMENEZ, antes identificado, y tal como lo  ordenó el Tribunal de la Causa, en el respectivo Despacho Comisorio, para que sean Embargadas preventivamente el cincuenta por ciento (50%) de dicha cantidad ordenada a retener por el Tribunal de la Causa.-  Seguidamente, la Notificada en cuestión (Gerente de la Entidad Bancaria BANCO EXTERIOR), expuso: Efectivamente, el ciudadano LUIS REIMER LUZARDO, portador de la Cédula de Identidad V.-9.744.232, posee una cuenta de ahorro signada con el  No. 1150088994002288802, en esta Entidad Bancaria (BANCO EXTERIOR), la cual represento,  y posee al momento un saldo disponible de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOSCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 254.863,42) y un monto diferido por la cantidad de  TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y TRES BOLIVARES EXACTOS (Bs 37.173,00). Es todo.- En este estado, presente el apoderado judicial actor ejecutante abogado en ejercicio MELQUIADES PELEY, antes identificado, expuso: Solicito muy respetuosamente al Tribunal Ejecutor, proceda a ejecutar la medida preventiva de embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero que se encuentran disponibles en la Cuenta de Ahorro N° 1150088994002288802, cuyo titular es el ciudadano LUIS REIMER LUZARDO JIMENEZ, (Demandado de autos), y asimismo, se sirva remitir la presente acta con sus correspondientes resultas al Tribunal de la Causa. Es todo.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION  JUDICIAL  DEL  ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO  JUSTICIA  EN  NOMBRE  DE LA  REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA  Y  POR  AUTORIDAD  DE  LA LEY, DECLARA:  PRIMERO:  Formalmente Embargada Preventivamente el cincuenta por ciento (50%) de la cantidad de dinero disponible en la cuenta de ahorro signada con el N° 1150088994002288802, cuyo titular es el ciudadano LUIS REIMER LUZARDO JIMENEZ, en la entidad bancaria BANCO EXTERIOR, es decir la cantidad de CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO (Bs 108.845,00), mas es monto diferido por la cantidad de DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs 18.586,50), y en consecuencia, se declara consumada la Desposesión Jurídica del Ejecutado. SEGUNDO: Este Juzgado Ejecutor deja constancia de que los cheques que en este acto se ordenan librar, serán remitidos directamente al Tribunal de la Causa, (Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio – Juez Unipersonal No. 02, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por el apoderado judicial de la Entidad bancaria antes identificada, el primero  por la cantidad de CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs 108.845,00), y el segundo queda diferido por la cantidad de DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs 18.586,50), hasta que dicho monto este disponible y el cual corresponden al embargo preventivo del cincuenta por ciento (50%) de la cantidad de dineros en  la Cuenta, cuyo titular es el ciudadano LUIS REIMER LUZARDO JIMENEZ, demandado de autos.- TERCERO: Conforme lo ha solicitado expresamente el apoderado judicial actor ejecutante, se ordena la  remisión de la presente acta con sus correspondientes resultas al Tribunal de la Causa. Siendo  las  DIEZ Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA (10:30 a.m.), terminó el acto, es todo, se leyó y conformes firman.--------------------------------------------
 
 
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                        ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.
 
 
LA NOTIFICADA (GERENTE DE LA ENTIDAD BANCARIA BANCO EXTERIOR),             
 
 
 
 
EL APODERADO JUDICIAL  ACTOR EJECUTANTE,
 
 
 
 
    LA SECRETARIA,
 
 
 
        ABOG. MSc. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ.
 
 
 
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