EXPEDIENTE N° 20991
El día de hoy, 08 de Febrero del año Dos Mil Doce (2011) siendo las 2:00 de la tarde día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo preventiva decretada en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por XIORGEILYS PIER MARYN titular de la cedula de identidad N° V-17.099.275 en contra del ciudadano JHOAN EUDO RINCON ATENCIO, Titular de la cedula de identidad N° V-12.871.809, en beneficio de la niña XIORIMAR JHOJANA RINCON PIER por ante el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4, con sede en Maracaibo y para lo cual fue Comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la apoderada judicial de la parte actora LORENA CARRIZO abogada en ejercicio, Titular de la cedula de identidad Nº V- e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 162.472.- Se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la empresa POLINTER C.A, ubicada en: Complejo Petroquímico Ana Maria Campos, edificio administrativo lineal de Polinter Municipio Miranda del estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano(a):JOSE PERNALETE, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad numero: V-4.758.157.- En su carácter de: Gerente de Logística de servicios de la mencionada empresa.- En este estado presente la parte actora antes identificada expuso: Señalo al tribunal para que sea embargada preventivamente A) TREINTA POR CIENTO (30%) MENSUAL DEL SUELDO, que devenga el demandado de autos quien labora en la empresa POLINTER C.A, DEL ESTADO ZULIA para satisfacer la obligación de manutención de la niña XIORIMAR JHOJANA RINCON PIER.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) ANUAL DEL BONO VACACIONAL, UTILIDADES O BONIFICACUIONES ESPECIALES que le correspondan al ciudadano JHOAN EUDO RINCON ATENCIO, para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de navidad.- C) MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO SOBRE EL CIEN POR CIENTO (100%) DE PRIMAS POR HIJOS, DE UTILES ESCOLARES Y JUGUETES, en caso de que el demandado goce de los beneficios retener tales conceptos que le puedan corresponder al niño de autos.- D) MEDIDA DE EMBARGO SOBRE EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO, CAJA DE AHORROS, y sobre cualquier otro concepto que le puedan corresponder al reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” y “C” deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos o remitirla en cheque de gerencia al TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4, con sede en Maracaibo.- Así mismo se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba anual o mensualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.-
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