REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 28 de febrero de 2012
200º y 153º

Revisadas como han sido las actuaciones realizadas en el presente expediente, este Tribunal observa que fue publicado el cartel de emplazamiento ordenado en el auto de admisión, pero no consta que se haya notificado mediante boleta al Fiscal del Ministerio Público, tal y como también fue ordenado en el referido auto de admisión, por cuanto la parte interesada debió consignar las copias a certificar para librar la misma. En tal virtud, por cuanto dichas formalidades son materia de orden público, y al haber sido publicado en prensa dicho cartel sin haber impulsado la notificación del representa del Ministerio Público, a los fines de que comenzará a correr el lapso para que comparecieran aquellas personas que pudieran tener interés en la presente causa; es que este Tribunal en atención con lo previsto en la norma del artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, que reza: …”Los jueces procurarán la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal”…, en concordancia con el artículo 211 eiusdem, y en aras de impartir una sana administración de justicia, que declara nulo el cartel de emplazamiento de fecha 09-12-2011 y las actuaciones subsiguientes, y se repone la causa al estado de librar nuevamente el cartel de emplazamiento en la presente causa. Líbrese el cartel en su debida oportunidad. Así se decide.-
Asimismo, visto que en el auto de admisión dictado en fecha 09-12-2011, este Tribunal omitió ordenar el edicto a que alude el último aparte del artículo 507 del Código Civil vigente, lo cual también es materia de orden público, es por lo que, se ordena librar y publicar Edictos, a todas aquellas personas que tengan interés directo y manifiesto en el expediente signado con el N° 24.479, contentivo del procedimiento que por RECONOCIMIENTO DE FILIACIÓN presentara el ciudadano MIGUEL ANTONIO LUNAR, el cual deberá ser publicado en los Diarios “Sol de Margarita” y “La Hora”, durante sesenta (60) días dos veces por semana, a fin de que se den por citados en el presente juicio. Líbrese el Edicto correspondiente y entréguese a la parte interesada para su debida publicación por la Imprenta en la forma precedentemente indicada. Con la advertencia de que el lapso de comparecencia para aquellas personas emplazadas por Edicto, es de NOVENTA (90) DIAS CONTINUOS SIGUIENTES, una vez conste en autos la publicación, consignación y fijación del mismo en la Cartelera de este Juzgado. Se le aclara a la parte actora, que una vez vencido el lapso a que alude el edicto, se librará el correspondiente cartel de emplazamiento. Líbrese el Edicto y la boleta al representante del Ministerio Público. Cúmplase.-
Expediente Nº 24.479
CBM/nmm/mcf.-