REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 16 de febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2010-005620
ASUNTO : OP01-P-2010-005620
JUEZ: Abg. Manuel Enrique Guillen Cova
SECRETARIA: Abg. Brenda Jimenez
IMPUTADO: DELSO JOSE HIDALGO GUTIERREZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo , estado Zulia nacido en fecha 11.07.74, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V-12.063.647 de estado civil soltero, residenciado en Atamo Sur, calle La Posada, casa s-n, de color azul,, cerca de la Atamo In Municipio Arismendi, estado Nueva Esparta, Debidamente asitido por el defensor Abg. Ramón Carpio, HERNAN JOSE FERNANDEZ BRITO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Porlamar nacido en fecha 20.10.87, de 23años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V-18.400.949 de estado civil soltero, residenciado en Avenida 31 de Julio sector Cocheima, casa- s-n, quinta de color blanco, cerca de la Aldea, Salamanca Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta y EDUAR JOSE CABALLERO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Guiria, estado Sucre nacido en fecha 31.12.88, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V-18.585.259 de estado civil soltero, residenciado en Avenida 31 de Julio, sector Cocheima, casa- s-n, frente al auto lavado, al lado de la bodega Crispin, Salamanca Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta.
FISCAL: Abg. Jose Antonio Prieto Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
DEFENSA: Abg. Virginia Berbin y Abg. Ramón Carpio
DELITO: POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionados en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Analizadas como han sido las Actas que conforman el presente Asunto Penal se observa inserto desde el folio ciento treinta y dos (132) al folio ciento treinta y siete (137) Oficios Nº UTNE 1553-11, UTNE 11642-11, UTNE 1655-11, procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de este estado, donde costa que los imputados ha cumplido con el régimen de pruebas impuesto al momento de otorgarle la Suspensión Condicional del Proceso, en donde hacen del conocimiento a este Tribunal el cumplimiento a cabalidad, de las condiciones impuestas por el Tribunal en su oportunidad, por lo que en general su actitud fue muy positiva. Ahora bien analizado el presente asunto penal considera quien aquí decide que según lo estipulado en el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, los ciudadanos DELSO JOSE HIDALGO GUTIERREZ, HERNAN JOSE FERNANDEZ BRITO y EDUAR JOSE CABALLERO finalizaron el Régimen de Prueba por Cumplimiento del lapso impuesto, dejándose constancia de haber procedido conforme a la tramitación contenida en el Código Orgánico Procesal Penal, y que es potestad de este Juzgador una vez finalizado el periodo antes señalado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3 ejusdem, extinguiéndose así la acción penal, en concordancia con los dispuesto en el numeral 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto, y en consideración del contenido de las disposiciones previstas en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; PRIMERO: ACUERDA decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos DELSO JOSE HIDALGO GUTIERREZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo , estado Zulia nacido en fecha 11.07.74, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V-12.063.647 de estado civil soltero, residenciado en Atamo Sur, calle La Posada, casa s-n, de color azul,, cerca de la Atamo In Municipio Arismendi, estado Nueva Esparta, Debidamente asitido por el defensor Abg. Ramón Carpio, HERNAN JOSE FERNANDEZ BRITO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Porlamar nacido en fecha 20.10.87, de 23años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V-18.400.949 de estado civil soltero, residenciado en Avenida 31 de Julio sector Cocheima, casa- s-n, quinta de color blanco, cerca de la Aldea, Salamanca Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta y EDUAR JOSE CABALLERO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Guiria, estado Sucre nacido en fecha 31.12.88, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V-18.585.259 de estado civil soltero, residenciado en Avenida 31 de Julio, sector Cocheima, casa- s-n, frente al auto lavado, al lado de la bodega Crispin, Salamanca Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código orgánico Procesal Penal, extinguiéndose así la acción penal, de conformidad con los dispuesto en el numeral 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto en el artículo 45 íbidem, y en consideración del contenido de las disposiciones previstas en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se cumple con lo ordenado. Ofíciese a los Cuerpos de Investigación correspondientes. Remítanse las actuaciones al ARCHIVO en su debida oportunidad. Se instruye a la ciudadana Secretaria dar celeridad al presenta asunto. Cúmplase y Remítase.
El Juez
Dr. Manuel Enrique Guillen Cova
El Secretario
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