REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
201° y 152°

ASUNTO: OP02-V-2012-000012

Se inicia la presente con demanda incoada por la Fiscal VIII del Ministerio Público, Doctora Angelica Perez Herrera, a requerimiento del ciudadano ALI FARHAT PACHECO, titular de la cédula de identidad número 12.675.124, contra la ciudadana JAZMIN JOSEFINA ZAGHBOUR GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número 16.545.258, mediante la cual solicita la REVISIÓN DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR respecto de la niña IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, de cuatro años, aduciendo que la madre de la niña no le permite la convivencia familiar establecida mediante decisión de fecha 23.11.2010 en asunto de Divorcio Contencioso que cursa en el Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas. En su oportunidad es admitida la demanda, ordenándose la notificación de la madre; luego de lo cual se fijó la audiencia de mediación que debía tener lugar en esta fecha, siendo que habiéndose anunciado el acto en el día y la hora señalado, y luego de haberse concedido media hora de espera, solo se verificó la comparecencia de la demandada, ciudadana JAZMIN JOSEFINA ZAGHBOUR GONZALEZ, asistida de abogada, quien solicitó hacer uso de la palabra con la finalidad de hacer ciertas consideraciones respecto de lo manifestado por el padre, lo que efectivamente se le permitió, no obstante ello, atendiendo el contenido del articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece: …”Si la parte demandante no comparece personalmente o mediante apoderado o apoderada sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar se considera desistido el procedimiento, terminando el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta y debe publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero la parte demandante no podrá volverse a presentar su demanda antes que transcurra”…. (subrayado del Tribunal); cuya normativa no puede obviar este Despacho; es por lo que esta Jueza del Juzgado Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO incoado por la Fiscal VIII del Ministerio Público, Doctora Angelica Perez Herrera, a requerimiento del ciudadano ALI FARHAT PACHECO, titular de la cédula de identidad número 12.675.124, dada su no comparecencia a la audiencia y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA en atención a la citada norma. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos y remítase al archivo para su custodia y cuido. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en La Asunción a los dos (02) días del mes de febrero del año dos mil doce. (2012). Años 201º de La Independencia y 152º de La Federación.
La Jueza.

Carmen Milano Vásquez.
La Secretaría.

Maria Laura Brito
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento en autos.
La Secretaría.

Maria Laura Brito