ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-002426
PARTE ACTORA: NORLENIS PATRICIA CASTILLO RODRIGUEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: KAREN RODRIGUEZ DOMINGUEZ
PARTE DEMANDADA: CLINICA METROPOLITANA DE MARACAIBO S.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO OSORIO.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 16 de Febrero de 2012, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana NORLENIS PATRICIA CASTILLO RODRIGUEZ representada por la abogada KAREN RODRIGUEZ DOMINGUEZ y el ciudadano ALBERTO OSORIO en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CLINICA METROPOLITANA DE MARACAIBO S.A., en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presente en el acto el ciudadano ALBERTO OSORIO en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CLINICA METROPOLITANA DE MARACAIBO S.A., expone:”ofrezco en este acto, para dar por terminada la presente causa, en nombre de mi representada por los conceptos demandados la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMO (Bs.7.000,00), pagaderos mediante instrumento cambiario a nombre de la ciudadana NORLENIS CASTILLO, de fecha 8 de Febrero del 2012, numero 38601213, emitido por la entidad bancaria Banco Nacional de Crédito, es todo” . En este acto presente la ciudadana NORLENIS PATRICIA CASTILLO RODRIGUEZ representada por la abogada KAREN RODRIGUEZ DOMINGUEZ expone:”acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada por cuanto con la cantidad ofrecida, esta satisfecha mis pretensiones explanadas en el libelo de la demandada, manifiesto que recibo en este acto el descrito instrumento cambiario a mi estera satisfacción, es todo”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se hace entrega de las pruebas a las partes. Se ordena el cierre de expediente y remisión al archivo judicial.
La Juez
Abg.Ana Avila
Los Presentes La Secretaria