REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Veinticuatro (24) de Febrero de 2012.-
201º y 152º
EXPEDIENTE No. VP01-L-2012-000024.-
ACTA DE DESISTIMIENTO POR LA INCOMPARECENCIA DEL DEMANDANTE A LA INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

DEMANDANTE: HELBERT ROSALES (No-Compareció); APODERADOS JUDICIALES DEL DEMANDANTE (No-Comparecieron); PARTE DEMANDADA: L EVENT ORGANIZACIÓN DE EVENTOS C.A., (No Compareció ni representante legal, ni apoderado (a) judicial alguno que representaré a la demandada); MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.- En el día de hoy viernes veinticuatro (24) de Febrero de 2012, siendo las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m), fecha fijada, y atrasada su hora de inicio pautada para las 09:15 a.m., por cuanto la presente causa fue distribuida pasada dicha hora, alegando el alguacil adscrito a este Circuito Judicial Laboral, atraso en las consecuentes distribuciones, y recibir las causas sorteadas, para que tenga lugar la celebración de la respectiva Audiencia Preliminar en el presente asunto, previa verificación de los lapsos procesales por la Coordinación de Secretaría de este Circuito Judicial Laboral, de fecha seis (06) de Febrero de 2012, la cual corre inserta al folio doce (12) de la presente causa, y realizado como fueron los anuncios de Ley respectivo por el Alguacil adscrito a este Circuito Judicial Laboral, en tres (03) oportunidades, a la hora pautada, es decir 09:15 a.m; el Tribunal, previamente abocado al conocimiento de la presente causa, deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes al respectivo acto de instalación de la Audiencia Preliminar pautada para el día de hoy, viernes 24/02/2012, a las 09:15 a.m. Asimismo, el ciudadano Juez de este Despacho, deja expresa constancia de la Incomparecencia del demandante, ciudadano HELBERT ROSALES, plenamente identificado en actas y de sus apoderados judiciales, al acto de instalación de la Audiencia Preliminar, pautado para la presente fecha viernes 24/02/2012, a las 09:15 a.m; por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT), lo viable en derecho es declarar DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso, en consecuencia este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento, debido a la no comparecencia del demandante HELBERT ROSALES, ni de ninguno de sus apoderados (as) judiciales acreditados (as) en actas, y en consecuencia, declara terminado el presente proceso, ordenándose el archivo del expediente. Publíquese, regístrese, archívese y déjese copia certificada de la presente decisión. Se levantó la presente acta, siendo las diez y veinte horas de la mañana (10:20 a.m.), la cual firman:

El Juez,

Abg. Edmundo Finol Rincón.

El Secretario,

Abg. Rafael Hidalgo.
EFR/EXP. VP01-L-2012-000024.-