N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2011-001420
PARTE ACTORA: EGIDIO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.289.048 de este domicilio
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: IVANOVA MENESES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 25.746 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: CALVEN DE ORIENTE, C.A. y solidariamente OXIN SANAT, C.A. Y EDHASS MODIARATE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS LOPEZ, INES MARTINEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro 44.988, 96.755
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Hoy, 13 de febrero de 2012, habilitaron el tiempo y comparecieron por ante este Tribunal el ciudadano EGIDIO GONZALEZ, en su carácter de demandante, asistido por la Abg. IVANOVA MENESES, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante, el Abg. LUIS LOPEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa CALVEN DE ORIENTE, C.A., la Abg. INES MARTINEZ, en su carácter de Apoderada Judicial de las empresas OXIN SANAT, C.A. y EDHASS MODIARATE, identificados todos en el encabezamiento de la presente acta, por cuanto han logrado un acuerdo en la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad y en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: y para dar por concluido el presente reclamo, y por vía de transacción ofrece pagar a el ciudadano EGIDIO GONZALEZ, la suma única y definitiva de TREINTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 38.000), el cual será consignado por ante la Oficina de Control de Consignaciones de esta Coordinación del Trabajo para el día 29-02-12, en este acto el trabajador autoriza para que se descuente del monto total los honorarios de su abogado. En este estado el trabajador y su Apoderado Judicial del demandante manifiestan que están totalmente satisfecho con la reclamación que se sustanció en la presente causa señalando que no tiene nada más que reclamar por conceptos de las Prestaciones Sociales y Otros Conceptos que se generaron durante la relación laboral; de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Expídase por secretaria las copias solicitadas y acordadas y entréguesele a los peticionarios. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata
El Trabajador y su Apoderado

Los Apoderados Judiciales de las empresas
El Secretario(a)

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).