REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 22 de Febrero de 2012
201º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2011-000023
ASUNTO : NP01-D-2011-000023
JUEZ DE EJECUCION: ABG. DILIA MENDOZA BELLO
SECRETARIA: ABG. LISET MARQUEZ
FISCAL DECIMO: ABG. MARIA TERESA GUEVARA.
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DEFENSOR PRIVADO: ABG. JESUS NATERA
RESOLUCION: REVISIÓN DE LAS MEDIDAS LIBERTAD Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD.


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (1) AÑO Y SEIS (06) MESES y SIMULTANEAMENTE, SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, que fuere impuesta en sentencia dictada por el Tribunal Primero de Control de esta Sección Adolescentes de fecha en fecha 15 de Marzo del año 2011 al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (1) AÑO Y SEIS (06) MESES y SIMULTANEAMENTE, SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 626 y 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE CO AUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 458 Concatenado con el Artículo 83 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana ORIANA LISBETH RAMOS LOPEZ. Este Tribunal para a revisar la Medida en los siguientes Términos:

En fecha 12 de Mayo del 2011 este Tribunal dictó AUTO de ejecución de las Medidas recaídas sobre el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, y el sancionado fue impuesto en fecha 26 de Mayo del 2011.

En fecha 11 de Octubre de 2011 este Tribunal REVISÓ Y MANTUVO la Medida LIBERTAD ASISTIDA AL SANCIONADO IDENTIDAD OMITIDA y se determinó que había dado cumplimiento a la medida Libertad Asistida por espacio de CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS y le faltaba por cumplir la Medida LIBERTAD ASISTIDA UN (01) AÑO, UN (01) MES Y QUINCE Y SIMULTANEAMENTE SEIS (06) MESES DE LA MEDIDA SERVICIOS A LA COMUNIDAD. Y SE ORDENÓ EL INICIO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA SERVICIOS A LA COMUNIDAD.

Este Tribunal observa que en fecha 17/02/12, se recibió proveniente del Departamento de Servicio Social oficio N° SSS-012-2012, de la cual se desprende que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA cumplió totalmente la Medida Servicios a la Comunidad y acompaña oficio emanado de la Escuela Nacional Indígena San Vicente. En donde se deja constancia que el joven cumplió a cabalidad la Medida Servicios a la Comunidad.
En relación a la Medida Libertad Asistida, quien preside este Tribunal realizó el día de hoy visita al Servicio Social y se entrevistó con la Licenciada ERIKA LARA quien manifestó que el joven sancionado viene dando de manera puntual cumplimiento a la medida LIBERTAD ASISTIDA. Por lo que se determina que IDENTIDAD OMITIDA ha dado cumplimiento a la medida Libertad Asistida por espacio de OCHO (08) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS y le falta por cumplir de la Medida LIBERTAD ASISTIDA NUEVE (09) MESES Y CUATRO Días. Considera este Tribunal necesario REVISAR Y MANTENER LAS MEDIDAS LIBERTAD ASISTIDA Y Cesar la Medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD.



DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto , este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: Primero: Se ACUERDA REVISAR Y MANTENER LA MEDIDAS LIBERTAD ASISTIDA al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, se determinó que hasta el día de hoy ha dado cumplimiento a la medida Libertad Asistida por espacio de OCHO (08) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS y le falta por cumplir de la Medida LIBERTAD ASISTIDA NUEVE (09) MESES Y CUATRO Días. Segundo: Cesa la Medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por total cumplimiento por parte del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA Conforme al artículo 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Impóngase al sancionado. Se fija como fecha para próxima revisión 16 de Julio del 2012. Notifíquese a la Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y al Defensor. Envíese copia certificada al Departamento de Servicio Social de este ente judicial.- Notifíquese a los sancionados. Cúmplase.

La Jueza,


ABG. DILIA MENDOZA BELLO

La secretaria,

ABG. LISET MARQUEZ