REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 10 de Febrero de 2012
201º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2011-000003
ASUNTO : NP01-D-2011-000003


Corresponde a este tribunal fundamentar decisión por la cual este Tribunal ordenó el Traslado provisional del sancionado a la sede la de Policía Municipal del Estado Monagas, relacionado con el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien se encuentra a la orden de este Tribunal, y fue sancionado a cumplir la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, por el lapso de TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE LA MEDIDA DE PRIVATIVA DE LIBERTAD, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 628 parágrafo primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO CON ALEVOSÍA previsto y sancionado en el artículo 406, relacionado con el artículo 77 numerales 1° y 8°, del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano FREDDY JOHAN UGAS ARIAS (OCCISO).

El día de hoy siendo las 9:30 horas de la mañana compareció por ante este Tribunal la ciudadana SULEIMA JOSEFINA YENDIS MATA, titular de la cedula de identidad N° 9.285.042, en su condición de madre del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y manifestó:
“Quiero informar al Tribunal que el día de hoy en horas de la madrugada se produjo un motín en la Cárcel y mataron a uno de mis hijos, de nombre IDENTIDAD OMITIDA, que se encontraba privado de Libertad en el internado, ya que era uno de los PRANES, por lo que temo que la vida de mi hijo IDENTIDAD OMITIDA corre peligro, solicito a la juez me lo traslade bien a la Policía Municipal o para CARUPANO en el internado ya que allá nadie lo conoce y yo tengo familiares en esa ciudad, específicamente en la población de Boca del Rio, solicito al tribunal que de manera Urgente lo trasladen. Mi número de teléfono es 0426-9981605. Es todo.”

Visto lo manifestado por la ciudadana SULEIMA JOSEFINA YENDIS MATA en su carácter de madre del sancionado IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal considera que verdaderamente hay razones para temer que la vida del sancionado IDENTIDAD OMITIDA YENDIS corre peligro, por lo que se Ordena su traslado a las Instalaciones de este Tribunal a los fines de hacer una Audiencia Especial Urgente en horas de la tarde del día de hoy.

Llegada la hora de realizar la audiencia se encontraban presentes la defensa y la representante del Ministerio Público, pero el traslado no fue realizado la boleta fue consignada, el alguacil deja constancia que por motivo del motín estaban suspendidos los traslados al Tribunal.
Procediendo este Tribunal a oír a la defensa Abg. Migdalys Brito quien expuso:
“Ratifico íntegramente el escrito presentado el día de hoy donde por encontrarse el joven en inminente peligro de muerte y previa conversión con la progenitora del joven ciudadana Zuleima Yendis donde me manifestó que a su hijo IDENTIDAD OMITIDA fue ultimado por herida de arma de fuego en el cráneo hermano del joven fallecido y visto que la progenitora del mismo manifestó que su otro hijo IDENTIDAD OMITIDA esta siendo amenazado de muerte al grado que ni siquiera quisieron recibir la boleta de traslado del mismo es por lo que le solicito a la ciudadana Juez con el merecido respeto la urgencia del Traslado a petición de su progenitora al Internado Judicial de Carúpano Estado Sucre a los fines de garantizarle la vida al sancionado. Consigno certificado de defunción del fallecido IDENTIDAD OMITIDA, hermano del sancionado IDENTIDAD OMITIDA, finalmente solicito copias simple de esta audiencia es todo.”

Seguidamente se le cedió la palabra a la Representación Fiscal ABG. YANET RODRIGUEZ, quien expuso:
“Esta Representación Fiscal tomando en consideración lo acaecido en el centro penitenciario de Oriente y presentada como a sido el Certificad de Defunción del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de IDENTIDAD OMITIDA por la defensa del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA y lo expuesto por la madre de este joven de acuerdo al acta levantada por este digno Tribunal es por lo que esta representación como garante de los Derechos y Garantías establecidos en nuestra Constitución como es el Derecho a la Vida y a la Integridad Física no se opone a la solicitud planteada y deja al criterio del Tribunal la respectiva decisión, solicito copia de la presente audiencia”

Ahora bien este tribunal, en cumplimiento de la norma Constitucional establecida en el Artículo 43 que textualmente prevé:
“El derecho a la vida es inviolable. Ninguna Ley Podrá establecer la Pena de Muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentran privadas de Libertad, prestando el servicio Militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.”
Considera este Tribunal necesario que aun cuando no se realizó la audiencia pautada, se requiere tener un pronunciamiento, debido a que está en juego el derecho a vida del sancionado IDENTIDAD OMITIDA, no es una mera sospecha es un peligro real ya que uno de los fallecidos en el motín quien fungía como Pran del Internado es hermano del sancionado.
Por cuanto conforme al artículo 631 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente los sancionados con Medidas Privativas de Libertad, tiene derecho a no ser trasladada arbitrariamente de la institución donde cumple la Medida. El traslado solo podrá realizarse por orden escrita del juez.

A los fines de resguardar la vida del sancionado IDENTIDAD OMITIDA, se ordena su traslado desde el Internado Judicial del Estado Monagas hasta la Policía Municipal de Maturín, medida esta de carácter Provisional, hasta que se realice audiencia especial el día Martes 14 de febrero del 2011 a las 11:00 a.m.

DISPOSITIVA


En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ORDENA EL TRASLADO DE MANERA INMEDIATA Y PROVISIONAL DEL SANCIONADO ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, desde el Internado Judicial del Estado Monagas hasta la Policía Municipal de Maturín, medida esta de carácter Provisional, hasta que se realice audiencia especial el día Martes 14 de febrero del 2011 a las 11:00 a.m. Cúmplase.
El Juez


ABG. DILIA MENDOZA BELLO

LA SECRETARIA


ABG. LISET MARQUEZ