REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, catorce de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO : VP01-L-2012-000508
HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO.

PARTE ACTORA: GIOVANNY EUSEBIO ALVAREZ OLIVO, titular de la cédula de identidad: 12.693.465.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil VIVERES DE CANDIDO C.A. (VIDECA)
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y ENFERMEDAD OCUPACIONAL.


Vista la diligencia de fecha 12 de marzo de 2012, suscrita por el ciudadano GIOVANNY ÁLVAREZ, asistido por la abogada en ejercicio MARIANGELICA GARCÍA, mediante la cual desiste del procedimiento; este Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada; dando por terminado el procedimiento por PRESTACIONES SOCIALES Y ENFERMEDAD OCUPACIONAL, y ordenando se archive el expediente, una vez firme la presente interlocutoria con fuerza de definitiva. Así se decide.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro.
El Secretario.


Abog. Rafael Hidalgo.