REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diez de febrero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO : VP01-S-2012-000047
Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes ( oferente y oferido ) intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por la SOCIEDAD MERCANTIL INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A, representada por su apoderado judicial LUIS ALDANA, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado No 141.899, por una parte y por la otra, ENDER GUTIERREZ , venezolano, portador de la cedula de identidad No 18.625.956, asistido por la abogada ejercicio, OLGA CARRILLO, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 144.424, donde la empresa le cancela al EXTRABAJADOR: , ENDER GUTIERREZ ., la cantidad de TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs 31.579) mediante dos cheque uno por la cantidad de VEINTIUN MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs 21.322,59) y el otro por la cantidad de DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA Y UNO ( Bs 10.256,41) Nos 33517912 Y 88141286, de fechas 08-2-2012 Y 30-1-2012, girados en contra el BANCO MERCANTIL , . El Oferido acepta recibirla , para cubrir todo y cada uno de los conceptos establecido en la presente causa, por lo que ambas partes tanto el oferente como el oferido solicitan que se homologue el acuerdo celebrado-. Este tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público. Este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Zulia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, HOMOLOGA TRANSACCION ENTRE LAS PARTES, , impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y ordena el archivo definitivo del expediente. . Así se Decide.-
La Juez.
Abg. Marianela Bravo. La Secretaria
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