Exp.: 3694.-
Transacción.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO ZULIA.
Maracaibo, veinticuatro (24) de enero de dos mil doce (2012).
201° y 152°.-
Vista la TRANSACCIÓN celebrada en fecha ocho (08) de diciembre del año dos mil once (2011), habilitado como fue el tiempo necesario para ello; realizada por los ciudadanos GERARDO JOSE URDANETA VILLASMIL, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.622.364; y de este mismo domicilio, actuando con en su propio nombre y con el carácter de Presidente de la sociedad mercantil INVERSIONES GANADERAS LA ISABEL, C.A. (INGANICA), domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, constituida mediante documento inscrito ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha cuatro (04) de diciembre del año dos mil siete (2007), bajo el No. 17, Tomo 125-A y BETULIA BETILDE URDANETA DE URDANETA, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.081.022, de este domicilio; parte demandada en el presente proceso y asistidos por la abogada en ejercicio CARMEN DE CASAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 40.819, y por la parte actora los abogados en ejercicio HENDER CASTILLO RINCÓN, DAVID MORALES ZAMBRANO y OSCAR VELARDE RINCÓN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2.485, 28.905 y 19.444, cuya facultad expresa para tal fin, consta inserta en las presentes actas procesales, esto es del folio setenta y ocho (78) al folio ochenta (80); actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) No. J-07013380-5, domiciliada en la ciudad de Caracas, originalmente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día trece (13) de junio del año mil novecientos setenta y siete (1.977), bajo el No. 1, Tomo 16-A, cuya transformación en Banco Universal consta de documento inscrito en la citada Oficina de Registro en fecha cuatro (04) de septiembre de mil novecientos noventa y siete (1.997), bajo el No.63, Tomo 70-A, el cual forma parte del expediente de la compañía que se acompaño a la participación que por cambio de domicilio se presentó ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha diecinueve (19) de septiembre de mil novecientos noventa y siete (1.997), quedando inscrita bajo el No.39, Tomo 152-A-Qto; y reformados íntegramente sus estatutos en Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha veintiuno (21) de marzo del año dos mil dos (2002), cuya acta quedó inscrita por ante Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha veintiocho (28) de junio del año dos mil dos (2002), bajo el No. 8, Tomo 676 A Qto. Este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, Autoriza dicha TRANSACCIÓN, formulada por las partes intervinientes en el presente juicio, lo homologa, le imparte su aprobación. Y lo pasa en Autoridad de Cosa Juzgada.
En consecuencia, este Tribunal se abstiene de ordenar el archivo del expediente, hasta que conste en actas el cumplimiento de lo acordado y homologado en el presente acto. ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ,
DR. LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO.
LA SECRETARIA ACC.,
ABOG. MARLYN MORILLO MONTIEL.
LECS/mbmm/isa.-
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