1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 5283-11

En el día de hoy, Jueves Diecinueve (19) Enero de dos mil Doce (2012), siendo las Diez y cincuenta y cinco minutos de la mañana (10:55 A.M.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del BANCO BANESCO, BANCO UNIVERSAL, Oficina No. 039, Bella Vista Norte, ubicada en la calle 71 con avenida 4 (Bella Vista), Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la parte actora, abogado LUIS BASTIDAS DE LEON, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad No. 5.837.031, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 51.988, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por ESTIMACION DE HONORARIOS, sigue el ciudadano LUIS BASTIDAS DE LEON, contra la ciudadana MERCEDES GONZALEZ DE LEAL, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. 11.606.603, Expediente No. 10.980. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión al ciudadano GIOVANNI J. PAREDES S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.280.097, quien se identificó como Subgerente de la referida agencia financiera. En este estado presente la parte actora LUIS BASTIDAS DE LEON, antes identificado, actuando en su propio nombre, expuso: “Solicito al Tribunal al Tribunal que por cuanto en la presente entidad Bancaria donde se encuentra constituido el Tribunal no hay disponibilidad de cantidades de dinero a favor de la parte demandada, se sirva trasladarse y constituirse en el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL, ubicada en la calle 7 (antes 5 de Julio) con avenida 17, en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia para la continuación de la ejecución de la presente medida. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, vista la exposición de la parte actora provee de conformidad con lo solicitado y ordena su traslado y constitución al sitio señalado por la parte actora. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Once y Veinticinco Minutos de la mañana (11:25 a.m.), del día de hoy.
LA JUEZA


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.-

EL NOTIFICADO- LA PARTE ACTORA
SUBGERENTE



EL SECRETARIO


Abog. ANIBAL PERNIA PRIETO.
2.- REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 5283-11

En el día de hoy, Jueves Diecinueve (19) Enero de dos mil Doce (2012), siendo las Once y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 A.M.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, Oficina Principal, ubicada en la calle 77 (antes 5 de Julio), con avenida 17 (antes Baralt),Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la parte actora, abogado LUIS BASTIDAS DE LEON, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad No. 5.837.031, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 51.988, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por ESTIMACION DE HONORARIOS, sigue el ciudadano LUIS BASTIDAS DE LEON, contra la ciudadana MERCEDES GONZALEZ DE LEAL, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. 11.606.603, Expediente No. 10.980. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión al ciudadano LUIS ANDRES QUINTERO RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.862.853, quien se identificó como Gerente de la Consultaría Jurídica. En este estado presente la parte actora LUIS BASTIDAS DE LEON, antes identificado, actuando en su propio nombre, expuso: “Señalo para ser embargado Ejecutivamente el 50% de las cantidades de dinero que se encuentran depositadas en la Cuenta Corriente signada con el No. 01160125170003365760, cuyo titular es el ciudadano YOHEL RICARDO LEAL ACOSTA, portador de la Cédula de Identidad No. 12.442.276, de las gananciales que le corresponden a su cónyuge ciudadana MERCEDES GONZALEZ DE LEAL, portadora de la Cédula de Identidad No. 11.606.603, parte demandada, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio de los señalados ciudadanos signada con el No. 417, debidamente expedida por el Jefe Civil, de la Parroquia Cecilio Acota, en fecha 09 de enero de 2008, la cual consigno en este acto constante de dos (02) folios útiles, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 4.887,78).” Acto seguido el Tribunal ordena a la persona notificada ciudadano LUIS ANDRES QUINTERO RIVERA, antes identificado, a informar a este Juzgado si existe en esta institución la Cuenta Corriente signada con el No. 01160125170003365760, Asimismo se le ordena que informe si la misma pertenece al ciudadano YOHEL RICARDO LEAL ACOSTA, portador de la Cédula de Identidad No. 12.442.276, en su carácter de cónyuge de la parte demandada, ciudadana MERCEDES GONZALEZ DE LEAL, portador de la Cédula de Identidad No. 11.606.603, tal y como se evidencia de la copia certificada consignada; y, manifieste si posee saldo disponible en la misma para cumplir lo decretado por el Tribunal de la causa para este momento.” Acto seguido el notificado ciudadano LUIS ANDRES QUINTERO RIVERA, antes identificado, expuso: “Si existe en esta institución la Cuenta Corriente No. 01160125170003365760, cuyo titular es el ciudadano YOHEL RICARDO LEAL ACOSTA, portador de la Cédula de Identidad No. 12.442.276, y para este momento la referida cuenta posee un saldo disponible para cubrir el monto decretado por el Tribunal de la causa. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, a señalamiento de la parte actora la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 4.887,78), que se encuentran depositadas en la Cuenta Corriente No. 01160125170003365760, cuyo titular es el ciudadano YOHEL RICARDO LEAL ACOSTA, portador de la Cédula de Identidad No. 12.442.276, quien funge como cónyuge de la parte demandada, ciudadana MERCEDES GONZALEZ DE LEAL, portadora de la Cédula de Identidad No. 11.606.603, tal y como evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio consignada por la parte actora, donde consta el carácter de cónyuges entre si de los señalados ciudadanos. Acto seguido el Tribunal ordena a la persona notificada a elaborar un cheque de gerencia a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Exp. 10.980, por el monto embargado en este acto. En este estado, el Tribunal declara recibir Un (01) cheque de gerencia, signado con el No. 04254905, por la suma de CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 4.887,78); de fecha de hoy, girado a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO ZULIA, correspondiente a las cantidades de dinero embargadas Ejecutivamente en este acto. Este Tribunal Ejecutor de Medidas ordena agregar a las actas la copia certificada consignada del Acta de Matrimonio constante de dos (02) folios útiles y deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Doce y Cincuenta y cinco Minutos de la tarde (12:55 p.m.), del día de hoy.
LA JUEZA


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.-

EL NOTIFICADO GERENTE LA PARTE ACTORA
DE LA CONSULTORIA JURIDICA



EL SECRETARIO




Abog. ANIBAL PERNIA PRIETO.