REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
La Asunción, 30 de Enero de 2012
201° y 152°
Visto el desistimiento de la prueba de testigo efectuada por los abogados JESSICA JOHANNA SALAZAR AVILA y ANDRES GUERRA, en el acta de fecha 26-01-2012, en lo que respecta a la ciudadana CRUZ DEL VALLE AVILA, promovida en su escrito de fecha 14-11-2011, este Tribunal a los fines de proveer sobre su homologación observa:
-que la abogada JESSICA JOHANNA SALAZAR AVILA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 119.121, actúa en su propio nombre y representación, así como co-apoderada judicial de los ciudadanos HECTOR JOSÉ SALAZAR VELASQUEZ, HECTOR JOSÉ SALAZAR AVILA, MELVI JOSÉ SALAZAR AVILA y JOSE GREGORIO SALAZAR, estos últimos igualmente representados por el abogado ANDRES GUERRA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 167.568, según poder otorgado por ante la Notaria Pública de Punta de Mata Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, asentados bajo los Nros. 12, 02 y 36, Tomo 100, 104 y 06 de los libros respectivos, y poder apud-acta que corre inserto a los autos, el cual fue debidamente facultado para desistir.
- que según se evidencia del escrito de promoción de pruebas consignado en fecha 14-11-2011, la apoderada judicial de la parte actora, abogada ZAIDA MARIA LAURENTINI CAMPOS promovió la prueba de testigo de la ciudadana CRUZ DEL VALLE AVILA, con el objeto de que ésta rindiera su respectiva declaración.
-que este Tribunal por auto de fecha 30-11-2011 admitió dicha prueba testimonial.
En vista de lo precedentemente señalado, este Tribunal imparte la homologación al presente desistimiento de la prueba del testigo ciudadana CRUZ DEL VALLE AVILA, en todas y cada una de sus partes, tal y como en efecto lo hará en forma expresa en la parte dispositiva de este decisión. Y así se decide.
Bajo los anteriores señalamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, declara:
PRIMERO: Se homologa el desistimiento efectuado por los abogados JESSICA JONANNA SALAZAR AVILA y ANDRES GUERRA; en su carácter acreditados en autos, de la prueba de testigo de la ciudadana CRUZ DEL VALLE AVILA, promovida en el escrito de pruebas presentado en fecha 14-11-2011, en todas y cada una de sus partes y en consecuencia, se prosigue la presente causa hasta llegar a su definitiva culminación.
LA JUEZA TEMPORAL,
Dra. IRIS MERCEDES VILLAPOL
LA SECRETARIA.-
Abg. CECILIA FAGUNDEZ.
IMV/CF/pbb.-
Exp. N° 11.195-11