REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 16 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-008091
ASUNTO : NP01-P-2010-008091
Por recibido y visto el Informe de Evaluación constante de (03) folios útiles, emanado del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, correspondiente al ciudadano ANGEL RAFAEL GONZALEZ SOFIA, Venezolano, Natural de Ciudad Bolívar-Estado Bolívar, nacido en fecha 19-01-1979, de 31 años de edad, de oficio: Obrero, Estado Civil: Soltero, hijo de: Nellys María Sofía (V) y de Ángel María González (V), Titular de las Cédula de Identidad Nº.V.-15.467.053, domiciliado en: la Calle 09, casa S/N, Sector Santa Inés de esta ciudad de Maturín- Estado Monagas, actualmente recluido en el internado judicial del estado Monagas, a los fines de decidir en relación al Beneficio que opta, este Tribunal observa lo siguiente:
PRIMERO
En fecha veintidós (22) de Abril 2011, el Tribunal Primero de primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, CONDENÓ al ciudadano ANGEL RAFAEL GONZALEZ SOFIA, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Segundo Aparte del Artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de: EL ESTADO VENEZOLANO.-
SEGUNDO
En fecha 18-05-2011, este Tribunal Ejecutó la Sentencia y realizó el cómputo de la pena, evidenciándose en dicha decisión que el penado de marras, para este momento procesal no opta a ningún beneficio, ya que el Beneficio de Trabajo Fuera del Establecimiento, una vez que haya cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, le corresponde el día 02-10-12.- Y en vista que hasta la presente fecha tiene un tiempo de detención de Un (1) año, dos (2) meses y veintiocho (28) días detenidos, se acuerda oficiar al Director del internado judicial a los fines que sea incluido en la próxima Junta de rehabilitación.-
Ahora bien, como quiera que cursa el Informe Evaluativo o Psicosocial del penado ANGEL RAFAEL GONZALEZ SOFIA, cuyo pronostico, es favorable, sin embargo, dicho penado aun no ha cumplido la cuarta parte de la pena, por lo que este Tribunal NIEGA al penado ANGEL RAFAEL GONZALEZ SOFIA, la fórmula alternativa al Cumplimiento de Pena de Trabajo fuera del Establecimiento Penal o Destacamento de Trabajo, dejando a salvo emitir nuevo pronunciamiento en el momento procesal correspondiente, previa solicitud de nuevo informe psicosocial en virtud de la fecha antes señalada. Y ASI SE DECLARA.-
DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, acuerda NEGAR el beneficio solicitado al penado ANGEL RAFAEL GONZALEZ SOFIA en virtud que el mismo, aun no ha cumplido la cuarta (1/4) parte de la pena para optar al beneficio de destacamento de trabajo, dejando a salvo emitir nuevo pronunciamiento en el momento procesal correspondiente, previa solicitud de nuevo informe psicosocial en virtud de la fecha antes señalada. Todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda oficiar al Director del internado judicial a los fines que el penado de marras sea incluido en la próxima Junta de rehabilitación.-
Notifíquese a las partes.-
El Juez
ABG. MARBELYS PALACIOS
El Secretario
ABG. LUISA VIRGINIA CABEZA