En horas de despacho del día de hoy, trece (13) de Diciembre de dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijados por este Tribunal para llevar a efecto el ACTO DE CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Despacho por el Alguacil del Tribunal y se procedió a realizar el acto y no compareciendo la parte actora ni por si misma, ni por medio de su apoderado judicial, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece: “La falta de comparencia del demandante al acto de contestación de la demanda causara la extinción del proceso y la del demandado se estimará como contradicción de la demanda en todas sus partes”. En consecuencia a tenor de lo dispuesto en mencionado artículo, se declara Extinguido el proceso. Se deja constancia que en el presente acto estuvieron presentes los abogados en ejercicio ANTONIO PERNALETE y MERELIZ SÁNCHEZ, en sus carácter de apoderados judiciales de la parte demandada ciudadana MARIAN ZULAY GONZÁLEZ PIRELA, quienes presentaron escrito de contestación el cual se ordena agregar a las actas. Termino, se leyó y conformes firman.- la presente quedo anotada bajo el Nro._________.-
La Juez Provisoria,
Dra. Ingrid Coromoto Vásquez Rincón.
La Secretaria,
Dra. María Rosa Arrieta Finol.
Los Apoderados de la parte demandada.-
ICVR/MRAF/greiner.-
Exp: 13353.
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