REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS.
Exp. 6226.-
SENTENCIA Nº 319.-
SOLICITANTES: NERIMAR DE LOS ANGELES URDANETA Y OMER ANTONIO PRIETO MOSQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 13.659.146 y V- 5.712.613, respectivamente y domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicios JAMROB RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 152.317 y de igual domicilio.
MOTIVO: HOMOLOGACION PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL
ADMISION: 28 de Noviembre de 2012.
SINTESIS: Se inició éste proceso alegando los solicitantes:

“…. Hoy venimos a convenir como formalmente convenimos de forma amistosa y mutua liquidar el bien ganancial adquirido durante nuestra unión matrimonial, por lo cual pasamos a hacerlo en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: El ciudadano OMER ANTONIO PRIETO MOSQUERA, declara que conviene, en forma amistosa y de mutuo acuerdo, adjudicar en plena propiedad a la ciudadana NERIMAR DE LOS ANGELES URDANETA, ya identificada, el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que le pertenecen de un inmueble constituido por una casa de habitación familiar y que nos pertenece según documento autenticado por ante la Notaria Pública Primera de Cabimas del Estado Zulia, en fecha 10 de Noviembre de 2008, inserto bajo el Nº 20, DEL Tomo 97 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria, edificada sobre un terreno propio, ubicado en la Avenida 32, fondo Callejón Sin Número, casa número 88, Barrio Francisco de Miranda, Parroquia German Ríos Linares, del Municipio Cabimas del Estado Zulia, cuya forma y cabida consta en el plano de mensura levantado a efecto por la Oficina Municipal de Catastro; Se toma como punto de partida el vértice “A”, desde este punto se midió una distancia de veintiún metros con cuarenta y un centímetros (21,41 mts) con rumbo al Nº 55’33’37” E, hasta llegar al vértice “B”; linda con propiedad de Maria Bedez, desde este punto se midió una distancia de catorce metros con ochenta centímetros (14,80 mts) con rumbo al S29”59’40”E, hasta llegar al vértice “C” y linda con callejón sin nombre, desde este punto midió una distancia de veintiún metros con cuarenta y cinco centímetros (21,45 mts) con rumbo al S55”07’03”O, hasta llegar al vértice “D”, y linda con propiedad de Osmelin Nava, desde este punto se midió una distancia de catorce metros con noventa y siete centímetros (14,97 mts) con rumbo al N29”53’14”O, hasta llegar al vértice “A” y linda con avenida 32, intermedio área de retiro y ampliación vial, cubriendo una superficie total de TRESCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS (318,00 Mts2) y que nos pertenece según documento debidamente Autenticado por ante la Notaria Publica Primera de Cabimas, en fecha 17 de Mayo del año 2012, inserto bajo el Nº 35, Tomo 61 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria….Omisis……. SEGUNDO: El ciudadano OMER ANTONIO PRIETO MOSQUERA, declara que convienen, en forma amistosa y de mutuo acuerdo, adjudicar en plana propiedad a la ciudadana NERIMAR DE LOS ANGELES URDANETA, ya identificada, el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que le pertenecen de un inmueble ubicado en la Avenida 32, sin número, Barrio Francisco de Miranda, en la Jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Mide treinta metros (30,00 mts) y linda con propiedad que es o fue de Suly Ocando; SUR: Mide treinta metros (30,00 mts) y linda con propiedad que es o fue de Yasmeli Cepeda y Yajaira Cepeda; ESTE: Mide Diecisiete metros (17,00 mts) y linda con avenida 32; y OESTE: Mide Siete metros (07,00 mts) y linda con terreno ejido; y que nos pertenece según documento autenticado por ante la Notaria Pública Segunda del Estado Zulia, en fecha 27 de Abril de 2011, inserto bajo el Nº 87, del Tomo 35 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria…….Omisis.
Consta en actas a los folios Cinco (5) al Diez (10) copia certificada de la sentencia dictada por el Juzgado Protección, de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Con sede en Cabimas, en fecha Diecinueve (19) de Noviembre Dos Mil Doce (2012), en donde SE DECLARÓ DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos OMER ANTONIO PRIETO MOSQUERA Y NERIMAR DE LOS ANGELES URDANETA.-
Este Jurisdicente, en virtud de que se encuentra disuelto el vinculo matrimonial de los solicitantes y debidamente ejecutoriada; razón por la cual se considera procedente lo solicitado.-
En consecuencia, éste Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO LA LIQUIDACIÓN Y PARTICION DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL formulada por los ciudadanos OMER ANTONIO PRIETO MOSQUERA Y NERIMAR DE LOS ANGELES URDANETA, ya identificados, PASANDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de los solicitantes.-
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE
Déjese por Secretaria copia certificada de este fallo conforme lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, a los fines del artículo l.384 del Código Civil, y el Artículo 72 numerales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a los Tres (03) días del mes de Diciembre de Dos Mil Doce - Años: 202º de la Independencia y l53º de la Federación.-
EL JUEZ,

DR. WILIAN E. MACHADO B.
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. ROSSANA ALVIAREZ

En la misma fecha, se publicó y dictó la sentencia, quedando inserta bajo el No 319, siendo las diez y treinta minutos de la mañana.-