Comisión 3372/2010.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
202º y 153º
En el día de hoy, MIERCOLES CINCO (05) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar efecto la Notificación, ello en virtud del resguardo y estabilidad de los derechos habitacionales consagrados constitucionalmente y en acatamiento a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, en sus artículos 12 y 13, dando inicio en ese sentido al Mandamiento de Ejecución, librado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue el ciudadano JOSE RAMON CARMONA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.719.659, en contra de la ciudadana BIBIANA COROMOTO HERNANDEZ DE ATENCIO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad No 7.805.724; domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo Estado Zulia, llevado en el expediente No. 46.036, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa, se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección aportada por la parte actora ejecutante específicamente en un inmueble (tipo casa-quinta) y la parcela de terreno sobre la cual esta construida, identificada con el Nº 42-18, de la manzana Nº 42, que forma parte de la tercera etapa de la Urbanización Mara-Norte, ubicada geográficamente en la carretera que conduce de la Ciudad de Maracaibo a El Mojan, en Jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo Estado Zulia.- En este estado, de igual manera se deja expresa constancia, que acompañan a este Juzgado en la presente ejecución, los funcionarios de la Policía Regional, Supervisor Agregado OCTAVIO BELLOSO, portador de la Cédula de Identidad No. 10.422.356, credencial Nº 0580, y el Supervisor Agregado, ENDER PRADO, portador de la Cedula de Identidad Nº 7.770.268, credencial 1242, quienes pertenecen al Departamento Policial de la Parroquia Olegario Villalobos y se encuentra adscrito en el Edificio Arauca para brindar custodia a los Tribunales Ejecutores de Torre Mara.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL, pero se constato que el inmueble objeto de la notificación se encontraba totalmente cerrado y dentro de el no había ninguna persona. Luego de una (1) hora de espera se procedió a conversar con un ciudadano que dijo llamarse Antonio Cano, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 3.644.982, quien manifestó ser vecino y que no había nadie en el inmueble. Posteriormente los abogados Octavio Inciarte Lugo, Norailyh Fuenmayor y Leonel Rea, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 90.505, 77.165 y 24.3434, respectivamente, le entregaron al ciudadano Juez un numero de teléfono celular 0424 6151947, de la ciudadana Dr. Adriana Atencio, quien es hija de la ciudadana Bibiana Coromoto Hernandez de Atencio, persona objeto de la correspondiente notificación, a quien el ciudadano Juez procedió a establecer comunicación telefónica con ella, resultando infructuosa la misma, por lo cual se ordeno el retiro del Tribunal del sitio indicado para el traslado y constitución. Es todo.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ordena el retiro del Tribunal del sitio al cual se indico para su traslado. Se deja constancia que el profesional del derecho Octavio Inciarte Lugo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 90.505, se retiro del sitio en el cual se encontraba trasladado el Tribunal.- SIENDO LAS ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (11:30 a.m.), terminó el acto. Es todo, se leyó y conformes firman.---------------.
EL JUEZ

ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.

La Apoderada de la parte Accionante.
Norailyh Fuenmayor
El Abogado Asistente

Leonel Rea.
LA SECRETARIA SUPLENTE,
ABOG. MARIA CH. URDANETA LEON.-