En el día de hoy, Seis (06) de Diciembre del año 2012, siendo las 9:30 de la mañana se traslado este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, MIRANDA, SIMON BOLIVAR, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, y para la cual fue comisionado este tribunal, a la sede de la policía Municipal de Lagunillas (Impol) a los fines de solicitar la custodia necesaria para los componentes de este tribunal, conformado por la JUEZ Doctora Gregoria Mejias, la Secretaria Abogada Risolena Lolli, y el Ciudadano Freddy Gutiérrez, en representación de la Depositaria Judicial Depositaria Judicial Santa Maria, C.A, a los fines de dar cumplimiento a la ejecución de la medida ejecutiva de embargo decretada en el Juicio que por daños y perjuicios materiales derivados de accidente de transito seguido por Balmiro de Jesús Rincón Acosta en contra de los Ciudadanos Dilia Ramona Martínez y Deuglis Chirinos, incoado por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en ciudad Ojeda.- A señalamiento del Apoderado Judicial Abogado Wismar Carrero Vergara, titular de la cedula de Identidad N°V-7.739.574, inscripto en el inpreabogado n°67710, se constituyo este órgano ejecutor de medidas, acompañado de los funcionarios policiales del Municipio a cargo del oficial jefe Miguel lizardo, titular de la cedula de identidad N°V-12.712.020., siendo las 11:45 de la mañana en las afueras de un inmueble ubicado en el Barrio San Ignacio calle Carnevalli, sector los samanes avenida 43 y 44 casa sin numero visible, en Ciudad Ojeda Municipio Lagunillas del estado Zulia.- Una vez allí constituido se procedió a realizar los toques de ley al portón principal del inmueble, siendo atendido inmediatamente por la Ciudadana: Delia Rosa Pérez de Chirinos, Venezolana, Mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°V-7.097.206, quien manifestó al tribunal ser la progenitora DEL Ciudadano y a quien se le notifico del objeto del traslado del tribunal, permitiéndole la entrada a este Órgano ejecutor:- seguidamente la notificada expuso que su hijo no estaba en la zona pero que se comunicaría vía telefónica con el- Paso seguido informo que estaba en su finca pero vendría al lugar de la ejecución y que se le concediera un tiempo, ya que es distante la zona donde se encuentra.- El tribunal deja constancia que se le concede un tiempo prudencial para que haga acto de presencia el demandado.- En este estado el tribunal a solicitud del apoderado actor WISMAR CARRERO, antes identificado, expuso: a lo fines de dar cumplimiento a lo ordenado, señalo al tribunal para que proceda a través del Perito Avaluador, a realizar el avaluó de los Bienes que a continuación señalo.- En este estado presente el Ciudadano RAUL ANTONIO CHIRINOS RAMONES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-7.838.869, a quien se le notifico del objeto de la medida, y quien manifestó que su hijo no estaba en la casa pero que llamaría a su abogado para que defendiera los derechos e intereses.- Seguidamente seguidamente hizo de acto de presencia el Abogado Luís Marcano Ruiz, titular de la cedula de identidad Nº-9.938.720, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 61924 quien asistiendo al progenitor del demandado Deuglis Chirinos , Ciudadano: Raúl Chirinos Ramones expusieron : Cancelo la totalidad de la deuda del monto de Quince mil ochocientos treinta Bolivares (Bs.15830,00) con el cheque numero30900058 de la Cuenta Corriente 01750256530071360365 del Banco BICENTENARIO DE FECHA 06/12/2012 del total de la deuda que tiene mi hijo Deuglis Chirinos con el demandante en la presente Causa.- así mismo se cancela la cantidad de Diez mil Bolivares con cheque 39080059 de la misma cuenta de fecha 06/12/ 2012 por honorarios, costos y costas del presente Juicio los cuales cancelo en este acto para solventar la deuda que mantenía mi hijo con el demandante como subrrogador de la deuda.-