ASUNTO : VP02-S-2012-003092
RESOLUCION N°.-2260-12

Visto el escrito presentado por la abogada SANDRA ANTUNEZ en su condición de Fiscala Auxiliar Segunda del Ministerio Publico, mediante el cual notifica a este tribunal, que en fecha 21 de Noviembre de 2012, y de conformidad al articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, decreto el ARCHIVO FISCAL de la investigación instruida en contra del ciudadano: EDDYE ANTONIO UZCATEGUI DOMENECH, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V.-10.452.223, por la presunta comisión del delito de. VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el Artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: JANET COROMOTO SANGRONIS TORREALBA titular de la cédula de identidad N°V.-7.833.348; al respecto, este Tribunal observa que el Ministerio Público, es el único órgano a quien le compete dictar dicho acto conclusivo conforme a la norma adjetiva citada, y en concordancia con el artículo 11 Ejusdem, cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar y sin perjuicio de la reapertura cuando surjan nuevos elementos de convicción. Evidenciándose que para el asunto de marras, se cumplieron con los requisitos legales, y tomando en consideración que en los hechos investigados no se afecta el patrimonio del Estado Venezolano, ni intereses colectivos y difusos; no deberá remitirse al Fiscal Superior correspondiente a los efectos del parágrafo único del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. En razón de lo cual esta Juzgadora ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL y ACUERDA EL CESE DE TODA MEDIDA DECRETADA EN CONTRA DEl CIUDADANO: EDDYE ANTONIO UZCATEGUI DOMENECH EN RAZON DE LA PRESENTE CAUSA.- ASI SE DECLARA.-

DECISION

POR LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL decretado por la Fiscalia Segunda del Ministerio Público, de la investigación instruida en contra del ciudadano: EDDYE ANTONIO UZCATEGUI DOMENECH, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V.-10.452.223, por la presunta comisión del delito de. VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el Artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: JANET COROMOTO SANGRONIS TORREALBA titular de la cédula de identidad N°V.-7.833.348, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, y ACUERDA EL CESE de toda medida impuesta al imputado en razón de la presente causa. Con esta decisión se le da también respuesta a la petición que en fecha 30 de Noviembre de 2012, hiciere la abogada URSULINA UZCATEGUI DOMENECHE, en su condición de defensora técnica del imputado de autos, donde solicitó se acordara por este Tribunal el archivo fiscal decretado por el Ministerio Público a favor de su cliente. Se ordena notificar a las partes de la presente decisión. CUMPLASE.-
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS,

DRA. ROSARIO CHACON DE GUERRERO.

LA SECRETARIA,

ABG. ANDREINA RAMIREZ