Exp. 19967
República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal de Protección de Niños,, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 1
PARTE NARRATIVA
Comparece por ante este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la ciudadana MARIELINA DEL VALLE ROJAS OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 15.466.203, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido por la Abogada en ejercicio YVELIS CHIRINOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.511, quien introdujo una demanda de DIVORCIO ORDINARIO en contra del ciudadano LUIS JOSE SIFONTES QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.898.399, y del mismo domicilio, alegando las causales segunda del Art. 185 del Código Civil; quienes contrajeron matrimonio civil por ante el Jefe Civil de la Parroquia Coquivacoa del Estado Zulia, en fecha 12 de Diciembre de 2.009, según se evidencia en el acta de matrimonio Nº 553 que consignaron. De dicha unión matrimonial procrearon una (01) hija que lleva por nombre CAMILA SOFIA SIFONTES ROJAS.-
En fecha 06 de Julio de 2.011, este Tribunal le dio entrada, ordenando formar expediente y numerarlo admitiéndola cuanto ha lugar en derecho. Asimismo, ordenó la comparecencia de ambas partes para el cuadragésimo sexto día siguiente, a fin de llevar a cabo el primer Acto Conciliatorio y la Notificación al Fiscal Especializada del Ministerio Público.
Posteriormente se realizaron todos los actos procesales y por sentencia de fecha 02 de Agosto de 2.012, este Tribunal declara: A) CON LUGAR la demanda de Divorcio basada en las causal segunda del artículo 185 del Código Civil, intentada por la ciudadana MARIELINA DEL VALLE ROJAS OJEDA, en contra del ciudadano LUIS JOSE SIFONTES QUINTERO, antes identificados, por los motivos expuestos en la parte motiva de la sentencia.
B) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha doce (12) de Diciembre de 2009, como consta en el acta de matrimonio N° 553.
C) se condena en costas a la parte demandada, ciudadano LUIS JOSE SIFONTES QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.898.399, de conformidad con lo establecido en el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 06 de agosto de 2.012, la Abogado en ejercicio MARIELINA ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.535 con el carácter acreditado en actas, solicitó se ponga en ESTADO DE EJECUCION la sentencia dictada en fecha 02 de Agosto de 2.012.
Con esos antecedentes, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con las siguientes consideraciones:
PARTE MOTIVA
ÚNICO
Observa este Órgano Jurisdiccional, que en sentencia de fecha 17 de Abril de 2.012, este Tribunal declara: A) CON LUGAR la demanda de Divorcio basada en las causal segunda del artículo 185 del Código Civil, intentada por la ciudadana MARIELINA DEL VALLE ROJAS OJEDA, en contra del ciudadano LUIS JOSE SIFONTES QUINTERO, antes identificados, por los motivos expuestos en la parte motiva de la sentencia.
B) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha doce (12) de Diciembre de 2009, como consta en el acta de matrimonio N° 553.
C) se condena en costas a la parte demandada, ciudadano LUIS JOSE SIFONTES QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.898.399, de conformidad con lo establecido en el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Establece el Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
Artículo 523: " La ejecución de la sentencia o de cualquier otro acto que tenga fuerza de tal, corresponderá al tribunal que haya conocido de la causa en primera instancia....."
De la misma forma, establece el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
Artículo 524. Cuando la sentencia haya quedado definitivamente firme, el Tribunal, a petición de la parte interesada, pondrá un decreto ordenando su ejecución.
En consecuencia, visto que la sentencia de fecha 02 de Agosto de 2.012, ha quedado definitivamente firme; y vista también la solicitud realizada en fecha 06 de Agosto de 2.012, este sentenciador, de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, PONE EN ESTADO DE EJECUCIÓN, la referida sentencia.
PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 1 Titular, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA:
1°) PONE EN ESTADO DE EJECUCIÓN, la sentencia de fecha 02 de Agosto de 2.012, donde este Tribunal declara: A) CON LUGAR la demanda de Divorcio basada en las causal segunda del artículo 185 del Código Civil, intentada por la ciudadana MARIELINA DEL VALLE ROJAS OJEDA, en contra del ciudadano LUIS JOSE SIFONTES QUINTERO, antes identificados, por los motivos expuestos en la parte motiva de la sentencia.
B) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha doce (12) de Diciembre de 2009, como consta en el acta de matrimonio N° 553.
C) se condena en costas a la parte demandada, ciudadano LUIS JOSE SIFONTES QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.898.399, de conformidad con lo establecido en el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.
2°) ORDENA OFICIAR a la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Estado Zulia, al Registro Principal del Estado Zulia y al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de remitirles de conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, las copias certificadas de la SENTENCIA definitiva y firme, en la cual se declaró CON LUGAR la demanda de DIVORCIO basada en la causal segunda del Art. 185 del Código Civil, en el Juicio por Divorcio intentado por la ciudadana MARIELINA DEL VALLE ROJAS OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos 15.466.203, en contra del ciudadano LUIS JOSE SIFONTES QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.898.399.
3°) ORDENA expedir las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese, ofíciese. Déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1 Titular, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los siete (07) días del mes de Agosto de 2.012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N° 1
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. ANDREA CHAVEZ.
En la misma fecha, se publicó el presente fallo bajo el Nº ____________ en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal durante el presente año y se ofició bajo los Nº________________________________________. La Secretaria.-
HRPQ/024
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