Comisión No. 3878/2012.-
República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
201° y 153°
En el de hoy, MIERCOLES PRIMERO (01) de AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE (2012), siendo las DIEZ Y QUINCE HORAS DE LA MAÑANA (10:15 AM.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la ejecución de la Medida de REINCORPORACIÓN, decretada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,, con motivo del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL, incoado por la ciudadana ROSA LIZBETH GUTIERREZ, portadora de la Cedula de Identidad No 7.933.951, en contra de la ZONA EDUCATIVA ZULIA, DIVISION DE PERSONAL, llevado en el expediente No. 8848, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede donde funciona la ZONA EDUCATIVA ZULIA, DIVISION DE PERSONAL, ubicado geográficamente en la avenida 8, Santa Rita, Edificio La Estrella, piso 8, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Para llevar a efecto la medida de REINCORPORACIÓN, decretada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de la ciudadana ROSA LIZBETH GUTIERREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V.- 7.933.951, al cargo de de Docente II/Aula (Interino), código 00697028, en el Municipio Rosario de Perija del Estado Zulia, en cumplimiento a la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de marzo de 2007, y la cual se relaciona con el juicio que por RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL, sigue la ciudadana ROSA LIZBETH GUTIERREZ, antes identificada, en contra de la ZONA EDUCATIVA ZULIA, DIVISION DE PERSONAL, llevado en el expediente No. 8848, nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; y donde este Juzgado ha sido suficientemente comisionado para practicar la medida de reincorporación, y en tal sentido; se trasladó y constituyó este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la dirección indicada por la parte actora, específicamente en donde funciona la ZONA EDUCATIVA ZULIA, ubicada geográficamente en la avenida 8, Santa Rita, Edificio La Estrella, piso 8, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Seguidamente y una vez presente el Tribunal en el sitio indicado, se procedió a notificar e imponer del motivo de la presencia de este Juzgado, a la ciudadana JESSIKA VERA, portadora de la Cédula de Identidad No. 17.299.394, en su carácter de Abogada de la Zona Educativa Zulia, y a quien se le impuso de igual manera, sobre la reincorporación, de la ciudadana ROSA LIZBETH GUTIERREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V.- 7.933.951, al cargo de de Docente II/Aula (Interino), código 00697028, en el Municipio Rosario de Perija del Estado Zulia, en cumplimiento a la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de marzo de 2007.- En este estado presente la ciudadana JESSIKA VERA, en su carácter de abogada de la ZONA EDUCATIVA ZULIA, expuso: Acatamos la orden emanada del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de reincorporar a la ciudadana ROSA LIZBETH GITIERREZ , al cargo de Docente II/Aula (Interino), mas sin embargo es menester acotar que los tramite se harán a través de Nivel Central, Oficina de Ingreso en la Ciudad de Caracas. Es todo. En este estado, presente la ciudadana ROSA LIZBETH GUTIERREZ, antes identificada, debidamente asistida por el abogado en ejercicio GABRIEL PUCHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.098, expuso: Solicito a este Tribunal deje formalmente reincorporada a mi representada, y asimismo a la representación de la Zona Educativa Zulia, de realizar todos los tramites pertinentes a fin de dar total cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de la Causa. Por ultimo solicito a este Tribunal Ejecutor se sirva remitir la presente acta con sus correspondientes resultas a Tribunal de la Causa.- Es todo. En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE REINCORPORADA LA CIUDADANA ROSA LIZBETH GUTIERREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V.- 7.933.951, al cargo de de Docente II/Aula (Interino), código 00697028, en el Municipio Rosario de Perija del Estado Zulia, en cumplimiento a la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de marzo de 2007, por una parte, y por la otra, la notificada como ha sido la abajo firmante, en representación de la ZONA EDUCATIVA ZULIA, del deber que tienen de dar cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de la Causa, y por tanto, declara cumplidos los actos ejecutivos encomendados; de tal manera que se da por cumplida la misión encomendada en los términos conferidos en el respectivo Despacho Comisorio.- SEGUNDO: Conforme lo ha solicitado la parte actora ejecutante, se ordena la remisión de la presente acta con sus correspondientes resultas al Tribunal de la Causa.- Siendo las ONCE Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA (11:30 A.M.), terminó el acto, es todo, se leyó y conformes firman.---------------------------------------
EL JUEZ,
ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.
LA NOTIFICADA (ABOGADA DE LA ZONA EDUCATIVA ZULIA),
LA RECURRENTE,
SU ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA,
ABOG. MSc. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ.
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