REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 5.511-12

En el día de hoy Jueves nueve (09) de Agosto de Dos Mil Doce (2.012), siendo las tres y treinta minutos de la tarde (03:30 P.M.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el estacionamiento del Edificio Torre Mara, sede del Poder Judicial, ubicado en la avenida 2 El Milagro con calle 84, Jurisdicción de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio al cual fue trasladado el vehiculo objeto de la presente medida, por los funcionarios Supervisor Agregado ENDER PRADO y Supervisor Agregado ALEXIS VARGAS, con numero de placas 1242 y 3501, respectivamente adscritos al Centro de Coordinación Policial Nro. 2 “ESTACION POLICIAL No. 2.1 OLEGARIO VILLALOBOS” de la policía regional del Estado Zulia, quienes presentaron para ser consignada las respectivas actuaciones policiales, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: 21.591. Con motivo del juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, sigue el ciudadano GUILLERMO ERNESTO GUTIERREZ URDANETA, titular de la cedula de identidad No. 10.441.157, en contra de la ciudadana MARY DELIA GONZALEZ DELGADO, titular de la cedula de identidad No. 12.515.000. Seguidamente el Tribunal ordena agregar las actas que conforman la presente comisión, las actuaciones policiales consignadas por los funcionarios del Cuerpo de Policía del Estado Zulia, todo constante de cuatro (04) folios útiles, quienes trasladaron el vehiculo identificado en las actas, al sitio donde se encuentra constituido el tribunal. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio MARIO LEON SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 96.621, quien expuso: “Solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas proceda a ejecutar la medida de secuestro para lo cual ha sido comisionado, sobre el vehiculo MARCA: KIA, MODELO: SPORTAGE, COLOR PLATA, AÑO 2007, PLACA VCRO8P, USO PARTIULAR, SERIAL DE CARROCERIA KNJE553877347763, SERIAL DE MOTOR: G6BA6543624, CLASE: CAMIONETA, USO: PARTICULAR, el cual se encuentra aquí estacionado donde esta constituido este Juzgado”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Secuestratario Judicial de los bienes muebles objeto de la presente medida de secuestro a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA), representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma, procediendo el Tribunal a tomarle el juramento de Ley de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma?; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal ordena al perito avaluador designado en este acto a identificar el vehículo objeto de la presente medida. Seguidamente el perito avaluador designado procede a identificar el bien mueble señalado: Trátese de un Vehiculo Automotor MARCA: KIA, MODELO: SPORTAGE, COLOR PLATA, AÑO 2007, PLACA VCRO8P, USO PARTIULAR, SERIAL DE CARROCERIA KNJE553877347763, SERIAL DE MOTOR: G6BA6543624, CLASE: CAMIONETA, USO: PARTICULAR, el mismo consta con las siguientes condiciones: Pintura presenta rayones en el parachoque trasero, puerta delantera izquierda, puerta y guardafango delantero trasero, latonería en buenas condiciones, posee cuatro (4) cauchos en uso con rines de magnesio en regular condiciones, el quinto caucho de repuesto con rin normal en regular condiciones, posee retrovisores en ambos lados mas el interno, el retrovisor delantero izquierdo se encuentra rayado todo en regular condiciones, la tapicería en buenas condiciones, posee equipo de sonido sin la carita, posee equipo de aire acondicionado en buen funcionamiento, no posee triangulo de seguridad, gato ni llave de cruz, le falta el protector plástico de la fusilera del lado izquierdo, falta protector plástico del ramal eléctrico del lado derecho, falta tapa plástica tanque de agua del motor, posee batería marca DUNCAN de 700 AMP, grupo 22MR-80, es todo. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente SECUESTRADO, el Vehiculo señalado en el despacho comisorio y por la parte actora, el cual consta de las siguientes características: MARCA: KIA, MODELO: SPORTAGE, COLOR PLATA, AÑO 2007, PLACA VCRO8P, USO PARTIULAR, SERIAL DE CARROCERIA KNJE553877347763, SERIAL DE MOTOR: G6BA6543624, CLASE: CAMIONETA, USO: PARTICULAR, haciendo formal entrega del mismo a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA, C.A. (DEPOSACA) representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien declara recibirlo en este acto en las condiciones arriba mencionadas. En este estado el tribunal deja constancia que se agrego a las actas de la comisión acta policial consignadas por el funcionario Supervisor Agregado ENDER PRADO y Supervisor Agregado ALEXIS VARGAS, con numero de placas 1242 y 3501, adscrito al Cuerpo de Policía del Estado Zulia, todo constante de cuatro (04) folios útiles. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta, menos la notificada por retirarse antes de concluir el acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las cuatro y quince minutos de la tarde (04:15 P.M.), del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
El APODERADO DE LA PARTE ACTORA,


EL PERITO AVALUADOR – REPRESENTANTE DE
LA DEPOSITARIA JUDICIAL


EL SECRETARIO TEMPORAL.

ABOG. JOSE DE LOS SANTOS PARRA LUGO