REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.502
En el día de hoy,¬¬¬¬ SEIS de Agosto del año dos mil doce, siendo las 01:30PM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Restaurante MAGENTA, ubicada en la calle 72, Club Bella Vista del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: 22402. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana PILAR MARIA URDANETA ESPINOZA, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 14.266.291, en beneficios de los niños XXXXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXX, en contra del ciudadano NELSON ALEXANDER PLAZA CAMACHO, portador de la Cédula de Identidad No. V- 10.406.486.- En este estado presente el ciudadano (a): FRANCISCO CEDEÑO PRADA, portador de la Cédula de Identidad No14.446894, quién se identifico con el carácter de TRABAJADOR DE LA EMPRESA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó Medida de Embargo Preventivo sobre: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo o salario que devenga el ciudadano NELSON ALEXANDER PLAZA CAMACHO, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.406.486, quien se desempeña como Mesonero en el Restaurante Magenta, para satisfacer la obligación de manutención de los niños XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXXXX.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las utilidades o bonificación especial de fin de año que le pueda corresponder al demandado para cubrir los gastos propios de la época decembrina.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%)de las vacaciones o bono vacacional que le pueda corresponder al demandado de autos.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) del beneficio de primas por hijos que le pueda corresponder a los niños antes mencionado.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro y Fideicomiso que le pueda corresponder al demandado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, los siguientes conceptos: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo o salario que devenga el ciudadano NELSON ALEXANDER PLAZA CAMACHO, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.406.486, quien se desempeña como Mesonero en el Restaurante Magenta, para satisfacer la obligación de manutención de los niños XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXXXXXXX.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las utilidades o bonificación especial de fin de año que le pueda corresponder al demandado para cubrir los gastos propios de la época decembrina.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%)de las vacaciones o bono vacacional que le pueda corresponder al demandado de autos.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) del beneficio de primas por hijos que le pueda corresponder a los niños antes mencionado.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro y Fideicomiso que le pueda corresponder al demandado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “ A, B, C y D” deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos ciudadana PILAR MARIA URDANETA ESPINOZA, titular de la Cédula de Identidad No. 14.266.291 y las cantidades contenidas en el literal “E” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: 5502. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: Me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para esta Empresa, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 01:45PM¬¬¬.-
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.

EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:

ABOG. JOSÉ PARRA