REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.508
En el día de hoy,¬¬¬¬ 10 de Agosto del año dos mil doce, siendo las UNA Y TREINTA, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa VILLABLAS, C.A. ubicada en el Edificio Residencias del Lago, avenida 3C No. 67-40, local 2-2 del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: 22431. Con motivo del Juicio de FIJACION OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana MARIA CONCEPCION BARRIOS LEON, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 7.755.348, actuando a favor de la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en contra del ciudadano CESAR HUMBERTO PARRA VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 12.831.583.- En este estado presente el ciudadano (a): SUSAN VARGA, portador de la Cédula de Identidad No. 12.257.925, quién se identifico con el carácter de GERENTE DE LOGISTICA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa ordeno retener: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el reclamado de autos, quien labora como empleado de VILLABLAS, C.A., para satisfacer los gasto que generan la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año, que le correspondan al demandado para satisfacer la necesidades materiales y espirituales en la época de navidad.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual del bono vacacional o especiales, antigüedad, que le puedan corresponder al demandado de autos.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) de la prima por hijos, útiles escolares y juguetes que reciba con ocasión de su trabajo en beneficio de la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Fideicomiso y cualquier otro concepto que le puedan corresponder al reclamado de autos, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, los siguientes conceptos: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el reclamado de autos, quien labora como empleado de VILLABLAS, C.A., para satisfacer los gasto que generan la adolescente XXXXXXXXXXXXXXX.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año, que le correspondan al demandado para satisfacer la necesidades materiales y espirituales en la época de navidad.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual del bono vacacional o especiales, antigüedad, que le puedan corresponder al demandado de autos.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) de la prima por hijos, útiles escolares y juguetes que reciba con ocasión de su trabajo en beneficio de la adolescente XXXXXXXXXXXXX.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Fideicomiso y cualquier otro concepto que le puedan corresponder al reclamado de autos, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “ A, B, C y D” deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos, o remitirla en cheque de gerencia a este Juzgado y las retenidas en el literal “E” en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: 22431. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: Me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para esta Empresa, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 2.00 P.M.¬¬¬.-
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.

EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:

ABOG. JOSÉ PARRA LUGO