REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 22 de Agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-001325
ASUNTO : NP01-P-2008-001325


AUTO DEJANDO SIN EFECTO ORDEN DE CAPTURA

Corresponde a este Juzgado decidir en relación al escrito consignado por el ciudadano ABOGADO FERNANDO EUBIEDA APONTE, en fecha 22 de Agosto 2012, en su carácter de Defensa Privada del ciudadano imputado MOHAMED BEROUAYEL, quien es venezolano, natural de MARRUECOS de 50 años de edad, divorciado, Titular de la cédula de identidad Nº.- V 23.696.639, teléfono 0416-288.44.48 o 0414.767.16.49, residenciado en Galpón Ubicado detrás de Policía del Estado Monagas, Maturín del Estado Monagas, a quien se le dictó por este órgano Jurisdiccional, orden de captura en fecha 27 de Julio 2012, y expuso que los motivos por los cuales han diferido las audiencias fijadas, no son imputables a su representado: “… Se han diferido las audiencias por diversos motivos, entre ellas que la víctima nunca se ha presentado… ha venido solo en 3 ocasiones, otras veces por razones propias del Tribunal como por ejemplo ha estado en otras audiencias, o está cubriendo la Guardia tal como se puede apreciar en los últimos 3 diferimientos, fecha en que mi representado si estuvo presente…Asimismo ciudadana Juez en fecha 26 de Julio 2012, mi representado quien se encontraba en Caracas en la sede del TSJ, recibió llamada telefónica de parte de este Tribunal, no obstante mi representado le manifestó que no podía estar presente por cuanto se encontraba en la capital… lo cual es completamente verificable en el sistema o página del TSJ…”.



ANTECEDENTES

En fecha 27 de Julio 2012, este Juzgado, a cargo del Juez JESUS EDUARDO LUNA ABREU (E), acuerda: LIBRAR ORDEN DE CAPTURA en contra del ciudadano MOHAMED BEROUAYEL, quien es venezolano, natural de MARRUECOS de 50 años de edad, divorciado, Titular de la cédula de identidad Nº.- V 23.696.639, teléfono 0416-288.44.48 o 0414.767.16.49, residenciado en Galpón Ubicado detrás de Policía del Estado Monagas, Maturín del Estado Monagas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 250 ejusdem, como en efecto se hizo.
CONSIDERACIONES DE HECHO Y DE DERECHO PARA DECIDIR
No obstante, de la revisión minuciosa de las actas procesales esta Juzgadora verifica que efectivamente los motivos por los cuales se ha realizado el diferimiento de las audiencias por este Juzgado no son imputables al Ciudadano imputado de autos, tal como se puede verificar en los folios ciento veintidós (122), ciento veintisiete (127), Ciento cuarenta (140); y Ciento cincuenta y nueve (159), del Presente Asunto Penal en el cuaderno de la Fase Intermedia, Segunda Pieza, En tal sentido, esta Operadora de Justicia considera que lo procedente y ajustado a derecho, en garantía de lo que contempla el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es dejar sin efecto la orden de captura ordenada en fecha 27 de Julio 2012 en contra del imputado de autos y fijar una fecha JUEVES 27 DE SPTIEMBRE 2012, A LAS 10: 15 HORAS DE LA MAÑANA, para la celebración de la Audiencia Preliminar y así se decide.

DECISION
Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve UNICO: dejar sin efecto la orden de captura ordenada en fecha 27 de Julio 2012 en contra del imputado de autos y fijar una fecha JUEVES 27 DE SPTIEMBRE 2012, A LAS 10: 15 HORAS DE LA MAÑANA, par--a la celebración de la Audiencia Preliminar en contra del imputado de autos MOHAMED BEROUAYEL, quien es venezolano, natural de MARRUECOS de 50 años de edad, divorciado, Titular de la cédula de identidad Nº.-V 23.696.639, teléfono 0416-288.44.48 o 0414.767.16.49, residenciado en Galpón Ubicado detrás de Policía del Estado Monagas, Maturín del Estado Monagas. Líbrense los oficios respectivos y notifíquese a las partes. Diarìcese y Regístrese.

LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS
ABGA. IVIS RODRIGUEZ
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABGA. RAIZA CAROLINA MEJIA