Siendo la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia a la que se contrae el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud presentada por el ciudadano Pedro José Gómez Torres, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 13.089.223, debidamente asistido por la abogado en ejercicio Xiomara del Valle Moya de Espinoza, motivado a que contraerá matrimonio. Anunciado el acto por el Alguacil adscrito del mismo, compareció el solicitante junto a su abogado asistente y la ciudadana Evelyn Cadenas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.7.255.742. Se concedió la palabra a los presentes. La Jueza juramentó a la ciudadana Evelyn Cadenas, como Curadora Ad Hoc. Una vez concluida la evacuación del testimonio de los presentes, la Jueza garantizó el derecho consagrado en el art. 80 de LOPNNA y se retiró por un lapso de quince minutos a los fines de proceder a dictar el dispositivo del fallo en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas y la revisión de las documentales; esta Juzgadora, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud interpuesta por el ciudadano Pedro José Gómez Torres, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 13.089.223, debidamente asistido por la abogado en ejercicio Xiomara del Valle Moya de Espinoza. Se designa Curadora Ad Hoc de los niños IDENTIDAD OMITIDA, a la ciudadana Evelyn Cadenas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.7.255.742. Expídanse por Secretaría dos juegos de copias certificadas al solicitante.
Publíquese y regístrese.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, diez de agosto de dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de La Federación.
La Jueza,
Fanny Luz Márquez
La Secretaria,
Abg. Yvette Moy Pavan
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia previo anuncio de ley, siendo la hora que establece el Sistema Iuris 2000.
La Secretaria,
Abg. Yvette Moy Pavan
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