REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunales en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
Maracaibo, 22 de Agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2010-007044
ASUNTO : VP02-S-2010-007044

DECISION N° 1542-12
LA JUEZA PROFESIONAL: DRA. NIDIA BARBOZA MILLANO.
SECRETARIA: ABG. LILIANA YANCEN URDANETA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA QUINCUAGESIMA PRIMERA ABG. LIZBETHSY AGUIRRE
VICTIMA: XIOMARA COROMOTO REVEROL AVILA
DEFENSA PUBLICA N° 01 ABG. YULA MORENO:
IMPUTADO: RAFAEL ARTURO MIRANDA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 10.407.398 de profesión u oficio Albañil, hijo de RAFAEL MIRANDA y VICENTA GONZALEZ, residenciado en Circunvalación nro. 1 Barrio padre de la Patria, sector 1, Av. 22 calle 98, casa nro. 22C-123, Municipio Maracaibo estado Zulia. 04164663737 .
DELITO: VIOLENCIA FÍSICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en los Artículos 42 Y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Corresponde a este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, conocer y decidir en la audiencia oral de verificación de cumplimiento de las obligaciones pactadas en fecha 14-07-2011 y verificada en audiencia oral celebrada en el día de hoy, donde la Fiscal Quincuagésima Primera del Ministerio Público, representada por la abogada LIZBETHSY AGUIRRE, solicita el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano RAFAEL ARTURO MIRANDA GONZALEZ, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en los Artículos 42 Y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana XIOMARA COROMOTO REVEROL AVILA.

EXPOSICIONES DE LAS PARTES
A continuación la Jueza le cede la palabra a la Representación Fiscal para que exponga en forma oral, tomando la palabra la Abogada GISELA PARRA FUENMAYOR, fiscal QUINCUAGESIMA PRIMERA del Ministerio Público, quien manifestó lo siguiente: Visto el contenido de las actas que conforman el expediente y a las obligaciones asignadas en el acto de Audiencia Preliminar, se constata que cumplió con las mismas y se presento por ante el Equipo Interdisciplinario con sede en este tribunal, escuchada la victima que durante este año no ha habido nuevos hechos de violencia, tiene la opinión favorable, solicito se decrete al sobreseimiento de la causa, de conformidad con el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal es Todo.”
Acto seguido se le concede la palabra a la ciudadana victima XIOMARA COROMOTO REVEROL AVILA, quien manifestó: “no hemos tenido problemas, nos reconciliamos. Es todo.
Seguidamente, el Tribunal le ratifica al imputado las Garantías Constitucionales previstas en el Artículo 49 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los Artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal y procede a cederle la palabra al imputado RAFAEL ARTURO MIRANDA GONZALEZ, plenamente identificado en autos. Quien siendo las 10:48 AM, expuso: "Yo cumplí con las obligaciones, es todo”
Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Publica Abg. YULA MORENO, quien expone lo siguiente:” en vista que mi defendido cumplió todas sus obligaciones solicito se dicte la extensión de la acción penal y se ordene el Sobreseimiento de la presenta causa, finalmente se expida copia certificada de la presente acta. Es todo.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Este Tribunal, finalizado el plazo de Régimen de Prueba y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, y visto que de las actas inserto al folio (86), de la presente causa, Oficio Nº 270-12, del Equipo Interdisciplinario, de fecha 09-07-2012, donde establece que el ciudadano RAFAEL ARTURO MIRANDA GONZALEZ, que cumplió de manera efectiva, voluntaria y oportuna; y tomando en cuenta que la ciudadana XIOMARA COROMOTO REVEROL AVILA en su condición de Victima, manifestó que el ciudadano no la ha molestado se declara con lugar lo solicitado tanto por la Representación Fiscal como por la Defensa Publica y en tal sentido este Juzgado Especializado en Funciones de Control con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano RAFAEL ARTURO MIRANDA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 10.407.398 de profesión u oficio Albañil, hijo de RAFAEL MIRANDA y VICENTA GONZALEZ, residenciado en Circunvalación nro. 1 Barrio padre de la Patria, sector 1, Av. 22 calle 98, casa nro. 22C-123, Municipio Maracaibo estado Zulia. 04164663737 de conformidad con los artículos 48 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3 y 319 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena hacer cesar la persecución penal en contra del referido ciudadano y consecuencialmente se declara LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL, DECLARANDOSE COSA JUZGADA. Se ordena el archivo del expediente una vez cumplido el lapso de ley Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: Finalizado el plazo de Régimen de Prueba y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, y visto que de las actas al folio (86), de la presente causa, Oficio Nº 270-12, del Equipo Interdisciplinario, de fecha 09-07-2012, donde establece que el ciudadano RAFAEL ARTURO MIRANDA GONZALEZ, que cumplió de manera efectiva, voluntaria y oportuna; y tomando en cuenta que la ciudadana XIOMARA COROMOTO REVEROL AVILA en su condición de Victima, manifestó que el ciudadano no la ha molestado se declara con lugar lo solicitado tanto de la Representación Fiscal como de la Defensa Publica y en tal sentido este Juzgado Especializado en Funciones de Control con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano RAFAEL ARTURO MIRANDA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 10.407.398 de profesión u oficio Albañil, hijo de RAFAEL MIRANDA y VICENTA GONZALEZ, residenciado en Circunvalación nro. 1 Barrio padre de la Patria, sector 1, Av. 22 calle 98, casa nro. 22C-123, Municipio Maracaibo estado Zulia. 04164663737, de conformidad con los artículos 48 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3 y 319 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena hacer cesar la persecución penal en contra del referido ciudadano y consecuencialmente se declara LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL Y SU CONDICION DE IMPUTADO, DECLARANDOSE COSA JUZGADA. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades exigidas por ley. Se proveen las copias solicitadas, quedando Notificadas las partes de la presente decisión. Y ASÍ SE DECLARA.
LA JUEZA SEGUNDA EN FUNCIONES DE CONTROL,

DRA. NIDIA BARBOZA MILLANO.

LA SECRETARIA,

ABG. LILIANA YANCEN URDANETA