ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000808
PARTE ACTORA: WALBERTO ANTONIO BARRIOS MEZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada GLENNYS URDANETA, Inpreabogado N° 98.646.
PARTE DEMANDADA: HACIENDA EL ÉBANO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada Laura Manstretta Cardozo, Inpreabogado N° 105.913.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy, 14 de Agosto de 2012, siendo las 9:39 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano WALBERTO ANTONIO BARRIOS MEZA en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada Glennys Urdaneta en su condición de Procuradora de Trabajadores y HACIENDA EL ÉBANO en su condición de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Laura Mastretta Cardozo, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 16/08/12 en la sede del Tribunal al demandante la cantidad de tres mil quinientos bolívares (Bs. 3.500,00). Con este pago se dan por pagados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, diferencia de prestaciones, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado y utilidades fraccionadas. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
El Secretario
Los Presentes:
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