ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000482
PARTE ACTORA: NEUDIO DE JESUS GONZALEZ GARCIA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Maria Rendón
PARTE DEMANDADA: ALFARERIA MARA, C.A.
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: Leydis Ocando y Maria Piña
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,9 de Agosto de 2012, siendo las 11:52 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos NEUDIO DE JESUS GONZALEZ GARCIA y ALFARERIA MARA, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de catorce mil quinientos bolívares fuertes (Bs.F. 14.500,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al ciudadano extrbajador por ante el tribunal a las 11:00 a.m. de la siguiente manera: el día jueves 30 de Agosto de 2012 la cantidad de cinco mil Bolívares fuertes (Bs.F. 5.000,00) para el día lunes 15 de Octubre de 2012 la cantidad de cinco mil Bolívares fuertes (bs.F. 5.000,00) y para el día martes 30 de Octubre de 2012 la cantidad de cuatro mil quinientos Bolívares fuertes (Bs.F. 4.500,00) para completar así lo ofrecido, en este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. La parte demandada trajo instrumento poder en original y copia del mismo los cuales luego de verificados y confrontados se ordena agregar la copia del mismo al expediente.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes