REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Sent.108-2012
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 10 de Abril de 2012
201º y 153º
Conoció por distribución este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA de la presente demanda por Abuso de derecho presentada por el abogado WILLIAM LEAL VIELMA, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.629.310, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.316 y de este domicilio, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JAIME DUARTE DURAN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.053.661, domiciliado en el Distrito capital, y de los ciudadanos JULIO DUARTE DE LA HOZ y JAIME DUARTE DE LA HOZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.483.385 Y V- 10.084.845, respectivamente, domiciliados en el municipio San Francisco del estado Zulia.
Admitida la demanda y cumplidas todas las formalidades que establece la Ley, presente en la Sala del Tribunal el abogado en ejercicio y de este domicilio, WILLIAM LEAL VIELMA, plenamente identificado en actas, estampo diligencia exponiendo lo siguiente: ”Desisto del presente procedimiento y en nombre de mis representados me reservo el ejercicio de la presente acción en cualquier otra oportunidad. Pido se ordene que previa certificación en actas, me sean devueltos todos los documentos que consigne con el libelo”.
El Tribunal visto el anterior desistimiento, le imparte su aprobación, homologándolo, dándole el carácter de cosa juzgada, ordena expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas, dejarlas agregadas en el expediente y devolver los originales al solicitante.-
DECISION
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO en el juicio que por ABUSO DE DERECHO sigue el abogado WILLIAM LEAL VIELMA en representación de los ciudadanos JAIME DUARTE DURAN, JULIO DUARTE DE LA HOZ y JAIME DUARTE DE LA HOZ, anteriormente identificados, en contra de los ciudadanos, MEYBEL CECILIA OÑORO DE LA HOZ, JOSE LUIS OÑORO DE LA HOZ, LUIS JOSE OÑORO DE LA HOZ, MAYKERLE JOSEFINA OÑORO DE LA HOZ, WILLIAM JOSE OÑORO DE LA HOZ, ELIZABETH OÑORO DE LA HOZ, YRENE OÑORO DE LA HOZ, MARITZA ESTHER OÑORO DE LA HOZ y RAFAEL ALBERTO DUARTE DE LA HOZ identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente desistimiento, dándole el carácter de cosa juzgada,
B) Se ordena expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas, dejarlas agregadas en actas y devolver los documentos originales al solicitante.-
C) No hay condenatoria en costas por tratarse de un desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.384 del Código Civil y el Artículo 72, Ordinales 3ro. Y 9no. de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los diez (10) días del mes de Abril de 2.012. Años 201º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza
Abog. MARIA IDELMA GUTIERREZ V.
El Secretario
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
En la misma fecha se expidió la copia, se agregó y se devolvió el original al solicitante.-
El Secretario
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
Sol. 2321-2012
MIG/GGU/ia
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