Comisión 3719/2012.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

201º y 153º

En el día de hoy, LUNES DIECISEIS (16) DE ABRIL DEL AÑO 2012, siendo las DOS horas de la TARDE (02:00 p.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar efecto la ejecución de la Medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), sigue el ciudadano ELVIS NEHOMAR MENDEZM venezolano, mayor de edad, portador de la Cedula de Identidad N° 15.584.765, en contra del ciudadano LIOSDAN ENRIQUE MORALES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la Cedula de Identidad N° 11.865.818; llevado en el expediente No. 3.494-11, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa, se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por el apoderado judicial actor ejecutante específicamente en el Barrio El Manzanillo, calle 17 con avenida 25, N° 25-143, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco del Estado Zulia.- En este estado, de igual manera se deja expresa constancia, que acompaña a este Juzgado en la presente ejecución, el funcionario de la Policía Regional, Supervisor Agregado ENDER PRADO, portador de la Cédula de Identidad No. 7.770.268, credencial N° 1242, quien pertenece al Departamento Policial de la Parroquia Olegario Villalobos y se encuentra adscrito en el Edificio Arauca para brindar custodia a los Tribunales Ejecutores de Torre Mara.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL, a la ciudadana LOLIMAR DEL VALLE LEAL CALDERA, portadora de la Cedula de Identidad N° 12.413.127, quien manifestó residir en el inmueble donde se encuentra constituido este Juzgado y asimismo ser cuñada del demandado de autos. Seguidamente hizo acto de presencia el ciudadano LIOSDAN ENRIQUE MORALES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. 11.865.818, quién manifestó ser el demandado de autos, y que su cuñada es la que reside en el inmueble donde se encuentra constituido este Juzgado. Es todo.- Seguidamente, se deja expresa constancia de que el Tribunal, en aras de proteger los sagrados derechos constitucionales como es el derecho a la defensa y al debido proceso, le recomendó al Notificado, hacerse asistir por abogado u abogada, y le concedió un plazo prudencial a partir de la hora, para que se presentara en el sitio.- Consecuencialmente y luego de transcurrido aproximadamente veinte (20) minutos de espera, hizo acto de presencia la ciudadana MARIBELIS COROMOTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad N° 10.417.750, quien manifestó ser cuñada del demandado de autos. Seguidamente la ciudadana MARIBELIS COROMOTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, procedió a comunicarse vía telefónica con abogado de su confianza cuyo nombre dijo ser MARLO, y quien le manifestó por esta misma vía que no podía presentarse en el sitio donde se encuentra constituido este Juzgado, por encontrarse en estos momentos en los Tribunales.- En este estado se deja expresa constancia que luego de transcurrido aproximadamente quince (15) minutos de espera, hizo acto de presencia la abogada en ejercicio MARIA DEL PILAR JUAREZ, portadora de la Cedula de Identidad N° 12.040.912, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 148.745, a los fines de asistir al demandado de autos en el presente acto.- En este estado, presente el apoderado judicial actor ejecutante abogado en ejercicio ALDEMARO BASTIDAS MERCADO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.199, expuso: Señalo a este Juzgado Ejecutor de Medidas, tal y como lo señale en diligencia suscrita por mi persona en la presente fecha, la cual riela en el folio Nº 06 del presente exhorto, se sirva embargar preventivamente un vehiculo cuya propiedad es del ciudadano LIOSDAN ENRIQUE MORALES GONZALEZ (Demandado de autos), tal como se evidencia de documento de compra-venta autenticado, el cual consigno en copia simple, previa confrontación con su original, y en tal sentido, solicito se sirva nombrar perito avaluador y depositario judicial necesarios y una vez cumplido con el presente exhorto, se sirva remitir la presente acta con sus respectivas resultas al Tribunal de la Causa.- Es todo.- Visto lo solicitado y en uso de facultades legales y conferidas expresamente por el Tribunal de la Causa, este Juzgado, provee de conformidad y en consecuencia, nombra y designa como PERITO Y DEPOSITARIO JUDICIAL, actuando en representación de la DEPOSITARIA JUDICIAL MARACAIBO C.A., (DEJUMACA), para ambos cargos al ciudadano JORGE JESSURUN, es venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad No. V.- 7.887.680 de este domicilio, quien por encontrarse presente en el acto, fue impuesto de los nombramientos recaídos en su persona, siendo juramentado de la siguiente manera: ¿CIUDADANO JORGE JESSURUN, JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES INHERENTES AL CARGO DE PERITO Y DEPOSITARIO JUDICIAL, respectivamente, que ha aceptado? CONTESTO: SI. LO JURO.- A continuación el perito avaluador nombrado, expuso: Le ha sido señalado por el apoderado judicial actor ejecutante, un vehiculo cuya propiedad es del ciudadano LIOSDAN ENRIQUE MORALES GONZALEZ (Demandado de autos), tal y como se evidencia de documento de propiedad autenticado, el cual fue presentado en su original por la misma y en tal sentido procedo a la descripción del vehiculo en referencia en los siguientes términos: Se trata de un vehiculo CLASE: Camión; TIPO: Volteo; Marca: Chevrolet; Uso: Carga; Año: 1.979; Color: Amarillo; Modelo: C-60; Placa: 723JAO, Serial de carrocería: C16DAJV219771; Serial del motor: AJV219771. Dicho vehiculo presenta avanzado estado de abandono, no se le pudieron verificar los seriales, no posee ningún tipo de emblema, farquilla, mica, luces, camisas, gomas en las puertas, asientos, alternador, batería, vidrios, luces de stop, etc. Posee cauchos en mal estado. Dicho vehiculo (Camión) se encuentra en mal estado de conservación. Para concluir mi exposición procedo a indicar el resultado del avaluó del vehiculo tipo camion, en la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 30.000,oo). Es todo.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE EN ESTE ACTO, EL VEHICULO TIPO CAMION ANTES DESCRITO, DETERMINADO Y AVALUADO POR PERITO, POR LA CANTIDAD DE TREINTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 30.000,oo) y EN CONSECUENCIA SE DECLARA CONSUMADA LA DESPOSESIÓN JURIDICA DEL EJECUTADO. SEGUNDO: SE HACE FORMAL ENTREGA AL DEPOSITARIO JUDICIAL NOMBRADO Y JURAMENTADO EN REPRESENTACION DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL MARACAIBO C.A, (DEJUMACA), CIUDADANO JORGE JESSURUN, ANTES IDENTIFICADO, EL VEHICULO (TIPO CAMION) EMBARGADO PREVENTIVAMENTE EN ESTE ACTO.-TERCERO: PARCIALMENTE CUMPLIDO COMO HA SIDO EL PRESENTE EXHORTO Y TAL COMO FUERE SOLICITADO POR EL APODERADO JUDICIAL ACTOR EJECUTANTE, SE ORDENA LA REMISIÓN DE LA PRESENTE ACTA CON SUS RESPECTIVAS RESULTAS AL TRIBUNAL DE LA CAUSA.- Siendo las TRES Y TREINTA HORAS DE LA TARDE (03:30 p.m.), terminó el acto. Es todo, se leyó y conformes firman.----------------------



EL JUEZ,

ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.



LAS NOTIFICADAS, (CUÑADAS DEL DEMANDADO DE AUTOS),




EL NOTIFICADO (DEMANDADO DE AUTOS),




SU ABOGADA ASISTENTE,




EL APODERADO JUDICIAL ACTOR EJECUTANTE,




EL PERITO Y DEPOSITARIO JUDICIAL, ACTUANDO EN REPRESENTACION DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL MARACAIBO C.A,





LA SECRETARIA,

MSc. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ.