JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.- Pampatar, veintitrés (23) de abril del año 2012.
202º y 153º
Revisado como ha sido la presente causa y sus recaudos anexos, que por RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, presentara el ciudadano HAIDEE MERCEDES ESCALA DE SILVA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de Identidad Nro. V- 2.830.411, asistida por el abogado en ejercicio OMAR NARVAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 63.925, désele entrada en el libro de causas bajo el Nº 2012-2102. Por cuanto la demanda no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. En la referida solicitud, la ciudadana anteriormente identificada, pide ante este Tribunal, mediante el presente procedimiento, la rectificación de su respectiva Acta de Matrimonio. El error denunciado por la solicitante consiste en que, no fue asentado correctamente su nombre, el cual se evidencia que se transcribió “AIDEE”, siendo lo correcto HAIDEE, como consta en el acta de matrimonio consignada con la letra “A” , inserta bajo el nro. Trece (13), cursante a los folios 17, 18 y su vuelto de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante este Juzgado en el año 1.964, y probado como ha sido lo alegado por la solicitante y vista la obviedad del error material denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE PARTIDA DE MATRIMONIO, este Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA, estampar dicha nota marginal en el Acta Trece (13), cursante a los folios 17, 18 y su vuelto de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante este Juzgado en el año 1.964, a los fines de corregir el error advertido, en el Acta de Matrimonio de la solicitante, ciudadana HAIDEE MERCEDES ESCALA DE SILVA, y del mismo modo se ordena oficiar lo conducente a la Oficina del Registro Principal de este mismo Estado, a los fines de estampar la debida nota correspondiente y Así se Decide.- Expídase por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y de esta decisión a la parte interesada y envíense las que sean menester a las autoridades civiles competentes, mediante oficio, una vez sean suministradas las copias simples necesarias para su certificación, a los fines de estampar la Nota Marginal correspondiente.
Dr. JOSE GREGORIO PACHECO.
JUEZ PROV. DEL MUNICIPIO MANEIRO,
El Secretario,
Nota: En esta misma fecha 23-04-2012, siendo la 1:15 p.m., y previa las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nro. 2012- 1014.Conste.
El Secretario,
Abg. Pedro Miguel Gómez Millán
Expediente 2012-2102.-
Luisa.-
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