REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MATURÍN

En horas del día de hoy, 25 de 2012, siendo las 1:00 p.m. se trasladó y constituyó este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía del Abogado Carlos Aranaga IPSA Nº 64.128, en un inmueble ubicado en la urbanización Las Coquizas, carrera 7, antes calle principal, cruce con calle José Gregorio Hernández, S/N de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, constituido por un local comercial. El tribunal se hizo acompañar por una comisión policial a cargo del oficial agregado Miguel Prado C.I. N° 12.537.150. Constituidos en dicho sitio se presente una persona que se identifico como José Gregorio Azocar Caripe. C.I Nº 9.895.235, a quien se le notifico de la misión del tribunal.. Acto seguido la parte ejecutante expone: “Solicito se de cumplimiento a la comisión encomendada por el tribunal de la causa, en tal sentido, se proceda a la entrega material libre de bienes y personas del inmueble donde se encuentra constituido el tribunal, dejándose constancia expresa de que le mismo esta constituido por un local comercial, en el que funciona in gimnasio; Igualmente señalo para ser embargado ejecutivamente los siguientes bienes muebles: 1). Una bicicleta para hacer ejercicios marca: Pro- Form, color negro. 2) Una bicicleta para ejercicios marca Am.c.o. athletic, color: Negro. 3) Dos maquinas para hacer ejercicios para piernas, color blanco y verde sin marca ni serial visible. 4) Una maquina para ejercicios multifuerzas color verde y blanco, sin serial, ni marca. 6) Una bicicleta para ejercicios marca: Orbitrek, color Gris sin serial visibles y otros……….Es todo”. En este acto se hizo presente el ciudadano Luis Beltran González Sánchez C.I Nº 4.024.289 parte demandante. El tribunal visto lo anterior deja expresa constancia que el inmueble donde se encuentra constituido el tribunal se trata de un local comercial en el que se evidencia que funciona un gimnasio. Acto seguido se declaran embargados ejecutivamente los bienes muebles antes descritos y designa perito avaluador al ciudadano Ezequiel Calzadilla, C.I Nº 2.334.942, quién aceptó el cargo, prestó el juramento de Ley y expone. “La mayoría de las maquinas de ejercicios embargadas ejecutivamente son de fabricación casera y se encuentran en regular estado y con bastante uso con un valor aproximado de cuarenta y cinco bolívares (Bs. 45.000,00). Es todo. Acto seguido la parte ejecutante expone: “me reservo el derecho de seguir embargando bienes propiedad de la parte demandada. “ Es todo. Acto seguido se hace entrega de los bienes muebles embargados ejecutivamente a la depositaria judicial monagas C.A en calidad de depósito, representada en este acto por el ciudadano Rubén Moreno, C.I Nº 9.286.594, quien aceptó el cargo, prestó el juramento de Ley y recibió los bienes conforme. Acto seguido encontrándose el inmueble libre de bienes y personas se hace entrega formal del mismo al ejecutante ciudadano Luis Beltran González Sánchez, C.I Nº 4.024.289, quien lo recibió conforme. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a la sede del tribunal siendo las 12:00 M. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.
La Jueza
La Notificada.
El Ejecutante.
La Abogado Asistente

La Secretaria.