REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, nueve de abril de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: VP01-L-2011-002939
DESISTIMIENTO.

PARTE ACTORA: JULIAN ALBERTO CURE RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad: 22.120.550.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SOUTH PARK C.A.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO.

En el día hábil de hoy 09 de abril de dos mil doce (2012) , siendo las 9:15 a.m.; oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, estando presente las ciudadanas abogadas LINNE PINTO y KEYLA MENDEZ, Inpreabogados: 83.957 y 79.842, en su condición de apoderadas judiciales de la parte demandada Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SOUTH PARK C.A.; en este estado el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano JULIAN ALBERTO CURE RODRIGUEZ, por cuanto no estuvo presente ni por sí, ni por apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; ordenando se archive definitivamente el expediente una vez firme la presente decisión. PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y ARCHIVESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez.


Mgs. Judith del Carmen Castro
El Secretario

Apoderadas de la demandada.