REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veinte de abril de dos mil doce
202º y 153º



ASUNTO : VP01-L-2012-000093



Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por los Ciudadanos, JOSE ANTONIO RODRIGUEZ ESTARITA , Venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad No-V-13.930.802 , asistido en este acto por el abogado en ejercicio RAMIRO MARTINEZ, Venezolana , mayor de edad e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 85.983, por una parte y por la otra el abogado DAYANA PEROZO GANDICA, abogada , quien es mayor de edad , e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 152.302 , actuando en este acto en condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil OPERADORA DVS, C.A. Donde le cancela al EXTRABAJADOR :: JOSE ANTONIO RODRIGUEZ ESTARITA , la cantidad de CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE .BOLIVARES ( Bs 4.159.00) mediante No 17952326, de la entidad Bancaria Banesco Banco Universal de fecha 11, y declara el extrabajador la cantidad de Bs 2.756,36 por (fideicomiso) depositado en la entidad bancaria. La parte actora acepta recibirla , para cubrir todo y cada uno de los conceptos reclamados, por lo que ambas partes solicitan que se homologue el acuerdo celebrado-. Este tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público. Este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Zulia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIÓNAL, , impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y ordena el archivo definitivo del expediente . Así se Decide.-

La Juez.

Abg. Marianela Bravo. La Secretaria